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Documento BOE-B-2006-270083

Anuncio de la Dirección General de Energía y Minas del Departamento de Trabajo e Industria por el cual se publica la resolución de declaración de la condición de mineromedicinal del agua de la captación denominada El Bosc, situada en el término municipal de Picamoixons (Alt Camp).

Publicado en:
«BOE» núm. 270, de 11 de noviembre de 2006, páginas 12472 a 12472 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2006-270083

TEXTO

De acuerdo con lo que dispone el artículo 24.4 de la Ley de Minas, se publica la resolución de fecha 30 de junio de 2006 dictada por el consejero de Trabajo e Industria, mediante la cual se declara la condición de mineromedicinal del agua de la captación denominada El Bosc. La citada resolución establece en su parte dispositiva:

Primero.-Declarar la condición de mineromedicinal del agua de la captación denominada, «El Bosc», ubicada en el termino municipal de Picamoixons (Alt Camp), y determinada per las siguientes coordenadas UTM del sector 31T: X= 349.523 Y=4.573.437.

Segundo.-Declarar la utilidad pública de las aguas interesadas para su condición de mineromedicinal, de acuerdo con lo que establece el articulo 39.3 del RGRM. Tercero.-Ordenar la notificación de esta resolución a los interesados y su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya, de acuerdo con lo que establecen los artículos 24 de la LM y 39 del RGRM. Cuarto.-Otorgar a la sociedad «Aforgest, S. L.» el plazo de un año, desde el día siguiente al de su publicación o notificación de la resolución de declaración, para que pueda ejercer el derecho preferente a solicitar su aprovechamiento, en la forma y condiciones reguladas por la Ley de Mines y su reglamento.

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer delante de este órgano, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes desde el día siguiente de la notificación, o bien se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo delante del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la notificación de la presente resolución. Si se interpone recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto o bien transcurrido el plazo por entenderse desestimado por silencio administrativo.

Barcelona, 19 de septiembre de 2006.-El Director General de Energía y Minas, Josep Isern i Sitjà.

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