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Documento BOE-B-2006-22127

Resolución Departament de Treball i Indústria, Direcció General d'Energia i Mines, de 13 de diciembre, de autorización administrativa, declaración de utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de una instalación eléctrica (exp. 05/RA T -10302- T).

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2006, páginas 826 a 827 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2006-22127

TEXTO

La empresa Endesa Distribución Eléctrica, S. L., con domicilio social en la av. Paral.lel, 51, de Barcelona, en representación de la que será titular de la instalación, la empresa Red Eléctrica de España, S. A., con domicilio social en el paseo Conde de los Gaitanes, 177, La Moraleja (Madrid), ha solicitado ante los Servicios Territoriales del Departamento de Trabajo e Industria la autorización administrativa, la declaración de utilidad pública y la aprobación del proyecto de ejecución de la derivación de la línea a 220 kV Constantí-Viladecans a la subestación (SE) Puigpelat, en el término municipal de Puigpelat (Alt Camp). En cumplimiento de los trámites que establecen el artículo 6 del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas; el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, la solicitud mencionada ha sido sometida a un período de información pública mediante el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4404, de 13.06.2005, en el BOE núm. 141, de 14.06.2005, y en el diario El Punt de 17.6.2005. Paralelamente al trámite de información pública, en cumplimiento de lo que dispone el artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se comunicará a los ayuntamientos de los términos municipales donde radiquen los bienes o derechos afectados por la instalación para su exposición al público por un período de 20 días, para que puedan alegar la existencia de errores en la relación mencionada, así como formular las alegaciones procedentes de acuerdo con lo que disponen los artículos 145 y 147 del citado Real Decreto. En aplicación de este trámite administrativo, el Ayuntamiento de Puigpelat ha aportado la licencia de obras para la construcción de la instalación, y Endesa Distribución Eléctrica, SL, ha manifestado que ha llegado a un acuerdo amistoso con todos los propietarios de bienes y derechos excepto con tres propietarios, que implican 6 fincas afectadas, a los que se ha notificado individualmente para tal que puedan formular las alegaciones que crean procedentes. De los notificados, el señor Anselm Gibert i Salesas ha presentado alegaciones, previamente rechazadas por el Ayuntamiento de Puigpelat, y que han sido contestadas por el peticionario. Del estudio de su contenido, se estima que deben rechazarse, considerando el interés supramunicipal de la instalación proyectada y de la subestación que deberá alimentar para mejorar el suministro eléctrico de la zona; considerando los informes favorables de los órganos administrativos competentes afectados; y considerando los acuerdos alcanzados con la mayoría de los propietarios afectados, todo esto sin pronunciarse sobre les manifestaciones que representan una valoración personal del alegante y encomendándose, en último extremo, al Jurado de Expropiación de Cataluña en lo referente a la valoración de les propiedades afectadas en los casos que no haya mutuo acuerdo. De acuerdo con lo que prevé el artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se solicitó informe a la Agencia Catalam del Agua y al Servicio Territorial de Carreteras de la Generalidad de Cataluña, que emiten informe favorable significando, sin embargo, que cuando haya que proceder a ejecutar las obras deberá pedirse la correspondiente autorización; también se solicitó informe a Red Eléctrica de España, S. A., que manifiesta su conformidad con la mencionada instalación. Visto el informe favorable de los Servicios Territoriales en Tarragona del Departamento de Trabajo e Industria, que han procedido a tramitar el expediente administrativo; Cumplidos los trámites administrativos que disponen la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y la Ley 13/1989, de 14 de diciembre, de organización, procedimiento y régimen jurídico de la Administración de la Generalidad de Cataluña; De acuerdo con lo que dispone el artículo 3, apartado 3.c), de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del sector eléctrico, en relación con el artículo 7.a) del Decreto 351/1987, de 23 de noviembre, por el que se determinan los procedimientos administrativos aplicables a las instalaciones eléctricas, resuelvo:

1. Autorizar a la empresa Endesa Distribución Eléctrica, SA, que representa a Red Eléctrica de España, SA, titular de la instalación, la derivación de la línea a 220 kV Constantí-Víladecans a la subestación (SE) Puigpelat, en el término municipal de Puigpelat (Alt Camp).

2. Declarar la utilidad pública de la instalación eléctrica que se autoriza. Esta declaración de utilidad pública lleva implícita la ocupación urgente de los bienes y derechos afectados, que se sometieron a información pública en el Anuncio publicado en el DOGC núm. 4404, de 13.6.2005, y comporta les afectaciones que se describen y las que hubieran podio aflorar o modificarse en la tramitación del presente expediente. 3. Aprobar el mencionado proyecto de ejecución, con las siguientes características técnicas:

Descripción del trazado.-La línea se inicia en el nuevo apoyo T.9, apoyo que se sustituye de la línea a 220 kV Constanti - Viladecans hasta el apoyo T.1, COIl un total de nueve apoyos.

Longitud: 2.508,08 m. Tensión: 220 kV. Número de circuitos: 2 sencillos. Número y tipo de conductores: 6, LA-545 d'AI-Ac cardinal. Número y tipo de cable de tierra: 2, OPGW 48. Disposición de los conductores: hexágono irregular. Tipo de aislador y material: composite, goma silicona. Número de apoyos de amarre: 5. Nombre de apoyos de suspensión: 4. Tipo de apoyos y material: tipo H, D y VT de acero galvanizado. Finalidad: alimentar la SE Puigpelat para potenciar el suministro eléctrico de la comarca de L'Alt Campo. . Presupuesto: 361.970,01 euros.

La presente Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa anteriormente citada, así como en el artículo 17 y en el capítulo 4 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de industrias, y está sometida a las siguientes condiciones especiales:

a) Las instalaciones deberán realizarse de acuerdo con el proyecto técnico firmado por el ingeniero técnico industrial señor Robert Aliana Nicolau, visado en fecha 22 de febrero de 2005, con el núm. 76167, por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Manresa, que ha servido de base para la tramitación del expediente, con las variaciones que, si procede, se soliciten y se autoricen.

b) La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se someten a lo establecido en el Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión, aprobado por el Decreto 3151/1968, de 28 de noviembre, la Ley 13/1987, de 9 de julio, de seguridad de las instalaciones industriales, y el resto de las disposiciones de aplicación general. c) La empresa titular será la responsable del uso, la conservación y el mantenimiento de la instalación, de acuerdo con las condiciones de seguridad que requiere la normativa vigente. d) El plazo para la puesta en marcha de la instalación autorizada será de dos años, a contar desde la fecha de publicación de la presente Resolución en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya. e) La Dirección General de Energía y Minas podrá realizar durante las obras, y una vez finalizadas, las comprobaciones y las pruebas que considere necesarias en relación con el cumplimiento de las condiciones generales y especiales de la presente Resolución. f) A tal fin, el titular de la instalación comunicará al citado órgano administrativo el inicio de las obras, las incidencias dignas de mención que se produzcan durante la ejecución, y su finalización. Junto a la comunicación de la finalización de las obras se adjuntará el certificado de dirección y finalización de la instalación que acredite que se ajusta al proyecto aprobado y que se han cumplido las normas y disposiciones antes mencionadas y, si procede, se adjuntarán las actas de la pruebas realizadas. g) La Administración dejará sin efecto la presente autorización administrativa por las causas que establece el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte del titular de la instalación, de las condiciones impuestas en ésta. En este supuesto la Administración, previa instrucción del oportuno expediente, acordará la anulación de la autorización, con todas las consecuencias de orden administrativo y civil que de ella se deriven según las disposiciones legales vigentes. h) La presente autorización se otorga sin perjuicio de terceros y es independiente de las autorizaciones o licencias de competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para realizar las obras y las instalaciones aprobadas. .

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el Conseller de Treball i Indústria, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo que dispone el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Barcelona, 13 de diciembre de 2005.-Josep Isem i Sitja, Director General d'Energia i Mines.

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