El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 16 de diciembre de 2005, en uso de las facultades que le confiere el art. 40.5.ñ) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Disposición Final Segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó otorgar concesión administrativa a «Talleres Vargas, Comunidad de Bienes», con las siguientes condiciones específicas:
Ocupación de dominio público: 430,60 metros cuadrados.
Destino: Taller de servicio para empresas de transportes, marítimas y portuarias. Plazo de vigencia: 10 años. Tasas:
Ocupación privativa de dominio público: 4.453,96 euros/año.
Actividad: 0,3 % del volumen de negocio desarrollado en el puerto, con un volumen mínimo de 300.000 euros/año. Servicios Generales: La establecida en el artículo 29 y en la Disposición transitoria sexta de la Ley 48/2003.
Lo que se publica para general conocimiento.
Huelva, 17 de enero de 2006.-El Presidente, José Antonio Marín Rite.
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