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Documento BOE-B-2006-181070

MUTUAFONDO CORTO PLAZO, FI (Fondo absorbente) SGAM EURIBOR, FI (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 31 de julio de 2006, páginas 8298 a 8298 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2006-181070

TEXTO

En cumplimiento de lo previsto en el artículo 26 de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, Mutuactivos, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima y Sogecapital, S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, Sociedades Gestoras respectivamente de Mutuafondo Corto Plazo, FI y Sgam Euribor, FI, hacen público que, con fecha 14 de julio de 2006, la Comisión Nacional del Mercado de Valores autorizó el proyecto de fusión de Sgam Euribor, FI como fondo absorbido, por Mutuafondo Corto Plazo, FI, absorbiendo este último al primero, con disolución sin liquidación del fondo absorbido y transmisión en bloque de todos sus activos y pasivos a la entidad absorbente, sucediéndole ésta por título de sucesión universal en la totalidad de su patrimonio y de todos sus derechos y obligaciones.

La Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado asimismo la modificación del Reglamento de Gestión y el Folleto Informativo del fondo absorbente, los cuales reflejan la modificación arriba descrita, así como determinadas matizaciones en la política de inversión del fondo absorbente, el incremento de su comisión de gestión y la inclusión de la definición de Día Hábil. Asimismo dichos documentos han sido actualizados para adaptarlos a las modificaciones legislativas que han acaecido desde su última redacción. Todas las anteriores modificaciones entrarán en vigor una vez queden inscritos en la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Reglamento de Gestión y el Folleto Informativo del fondo absorbente que las recogen. Esta inscripción se producirá como mínimo una vez transcurrido al menos un mes desde la fecha de publicación de este anuncio o desde la fecha de remisión de las notificaciones individualizadas a cada uno de los partícipes de los fondos implicados en la fusión, si éstas fueran posteriores.

Dado que los fondos implicados en la fusión no aplican comisión de reembolso, podrán rembolsarse o traspasarse sus participaciones al valor liquidativo correspondiente al día de su solicitud y sin gasto o comisión de reembolso alguno. Los traspasos llevados a cabo por partícipes personas físicas no tienen coste fiscal.

Madrid, 24 de julio de 2006.-El Secretario del Consejo de Administración de Mutuactivos S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, Antonio López Taracena.-El Secretario del Consejo de Administración de Sogecapital S.G.I.I.C., Sociedad Anónima, Jesús María Herrero Alamo.-46.648.

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