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Documento BOE-B-2006-164104

Anuncio del Tribunal Económico-Administrativo Central, Vocalía Sexta, por el que se publica la notificación de la Resolución del R.G. 00/1620/03.

Publicado en:
«BOE» núm. 164, de 11 de julio de 2006, páginas 7442 a 7442 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2006-164104

TEXTO

El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, visto el recurso extraordinario de alzada para la unificación de criterio, interpuesto por el Director del Departamento de Gestión Tributaria, de la Agencia Tributaria, contra acuerdo del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía, de fecha 29 de noviembre de 2002, estimatorio de la reclamación 53/29/01 promovida por don José García García, por el concepto de Impuesto sobre la Renta de la Personas Físicas, ejercicio 1997 y cuantía 1.905,04 € (317.071 ptas.), acuerda: Respetando la situación jurídica particular derivada del fallo recurrido, estimar el recurso extraordinario de alzada interpuesto, declarando en unificación de criterio que, a los efectos de la consideración como gasto deducible de los rendimientos íntegros derivados del arrendamientos de bienes inmuebles, no pueden tener tal consideración los gastos realizados como consecuencia de la titularidad del bien inmueble devengados con anterioridad a la fecha de arrendamiento, como tales gastos no se encuentren expresamente destinados a ofrecer el bien inmueble en arrendamiento; dicha correlación y necesidad para la futura obtención del arrendamiento no puede admitirse, en ningún caso, respecto de la parte de gastos en concepto de intereses devengados por capitales ajenos invertidos en la adquisición o mejora del bien inmueble, ni en concepto de amortización correspondientes al periodo de tiempo en el que el inmueble no se encuentre arrendado.

Madrid, 14 de junio de 2006.-El Secretario General, Juan Lozano Beltra.

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