Al no haberse podido practicar la notificación personal a los interesados, conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en aplicación de los dispuesto en el mismo artículo, deben publicarse a efectos de notificación las resoluciones de expedientes sancionadores. Contra las presentes resoluciones, cabe interponer recurso de alzada ante el Secretario General de Transportes, dentro del plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de esta notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
Número de expediente: IC-1.301/05. Sancionado: «T-500 Puratos, Sociedad Anónima». NIF: A-08135014. Precepto infringido: Artículo 141.27, Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho sancionado: Contratar transporte careciendo de autorización. Cuantía de la sanción: 401 euros. Pagada con reducción del 25 por 100, 301 euros.
Número de expediente: IC-1.560/05. Sancionado: «Comala, Sociedad Anónima». NIF: A-21054291. Precepto infringido: Artículo 140.25.21, Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho denunciado: Carecer de Consejero de Seguridad. Cuantía de la sanción: 2.001 euros. Pagada con reducción del 25 por 100, 1.501 euros.
Número de expediente: IC-2.017/05. Sancionado: «Lorsa». NIF: A-21012802. Precepto infringido: Artículo 140.25.21, Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres. Hecho denunciado: Carecer de Consejero de Seguridad. Cuantía de la sanción: 2.001 euros. Pagada con reducción del 25 por 100, 1.501 euros.
Madrid, 19 de junio de 2006.-El Director General de Transportes por Carretera, Juan Miguel Sánchez García.
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