Está Vd. en

Documento BOE-B-2006-145097

COLEGIO OFICIAL DE INGENIEROS NAVALES Y OCEÁNICOS

Publicado en:
«BOE» núm. 145, de 19 de junio de 2006, páginas 6430 a 6431 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2006-145097

TEXTO

La Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos (COIN), Corporación de derecho público con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, domiciliada en C/ Castelló, 66, de Madrid, en su reunión de día 31 de marzo de 2006, en ejercicio de las funciones de dirección y administración cuya competencia le está atribuida en virtud de los artículos 13 y 15 de los Estatutos del COIN, aprobó por unanimidad, entre otros, el siguiente acuerdo:

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, y previo informe favorable de la Agencia Española de Protección de Datos, el Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos acuerda la creación de los siguientes ficheros de titularidad pública, y la publicación de este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado o Diario oficial correspondiente: «Colegiados». Finalidad y usos del fichero: Cumplir con los fines previstos en el Estatuto del COIN, gestión de la facturación de cuotas, obtención de una guía profesional, gestión administrativa, formación, pertenencia a la asociación de Jubilados de colegios profesionales, estudios estadísticos, acreditación de habilitación profesional, gestión de peritajes, etc. Responsable del fichero: Colegio oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Profesionales del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos de carácter identificativo, Datos de características personales, Datos académicos y profesionales, Datos relativos a la Asociación de Jubilados, datos relativos a suscripción y envío revista ingeniería naval, número cliente, número proveedor, códigos internos del programa, filtros para cumplimiento de Ley de Protección de Datos, Comentario, Envío de Circulares sólo email. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, para el ejercicio de competencias similares o cuando así lo disponga la Ley; Seguros obligatorios de Responsabilidad profesional; Mutualidad de Previsión Social a Prima Fija del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos; Asociación de Ingenieros Navales y Oceánicos de España; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico.

«Visados». Finalidad y usos del fichero: Gestión de visados y datos de colegiados que visan, estudios estadísticos. Responsable del fichero: Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Profesionales del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de visados, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas, documentaciones técnicas relativas al visado. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos relativos al colegiado, Datos relativos al cliente Datos económicos relativos al visado, Datos técnicos relativos al visado, Datos identificativos del visado, otros datos: Comentario. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, cuando así lo disponga la ley; Seguros obligatorios de Responsabilidad profesional; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de Ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico. «Portal de empleo. Sopin». Finalidad y usos del fichero: Gestión de bolsa de trabajo y datos de colegiados pertenecientes al servicio y de las empresas adscritas al servicio. Responsable del fichero: Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Profesionales del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos, Empresas adscritas al servicio Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos de carácter identificativo, Datos de características personales, Datos académicos y profesionales. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Empresas adscritas al servicio en las que el Colegiado libremente se inscribe en su oferta de trabajo; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, cuando así lo disponga la Ley; Seguros obligatorios de Responsabilidad profesional; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de Ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico. «Empresas de la referencia». Finalidad y usos del fichero: Gestión de actualización de datos de las empresas de los colegiados. Responsable del fichero: Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Profesionales del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos de carácter identificativo de la empresa, Datos de carácter identificativo del colegiado. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, cuando así lo disponga la Ley; Seguros obligatorios de Responsabilidad profesional; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de Ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico. «Becarios Sopin». Finalidad y usos del fichero: Gestión de los datos de los beneficiarios de becas del SOPIN. Responsable del fichero: Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Profesionales del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos de carácter identificativo del beneficiario, Datos de gestión de la beca. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, cuando así lo disponga la Ley; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de Ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico. «Ayudas alumnos primera matrícula». Finalidad y usos del fichero: Gestión de los datos de los alumnos que reciben una beca por parte del Colegio para la realización de los estudios de Ingeniería Naval. Responsable del fichero: Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Colectivo afectado: Estudiantes ingeniería naval. Procedimiento de recogida de datos: Fichas de adscripción, declaraciones y solicitudes documentales o telemáticas. Estructura Básica y descripción de los tipos de datos: Datos de carácter identificativo del beneficiario, Datos de gestión de la beca. Cesiones previstas: Órganos jurisdiccionales; Administraciones General del Estado, de las Comunidades Autónomas, Local e Instituciones de carácter público competentes, cuando así lo disponga la Ley; Cualquier otra que resulte de la normativa vigente con rango de Ley. Unidad o Servicio ante la que se puede ejercer el Derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición: Secretaría del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos. Medidas de seguridad: Nivel básico.

Los ficheros que se crean se adecuarán a los términos y condiciones previstos en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre y disposiciones de desarrollo, en particular a las prescripciones establecidas en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio.

El Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos, como responsable de los ficheros, adoptará las medidas necesarias para garantizar que los datos de carácter personal existentes en los mismos se usan para las finalidades y funciones de derecho público que tiene encomendadas y reconocidas en la Ley de Colegios Profesionales 2/1974, de 13 de febrero y demás normativa general o sectorial que afecte a la profesión.

Disposición adicional

Corresponde a la Junta de Gobierno del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos la aprobación de las disposiciones precisas para la creación de aquellos nuevos ficheros de datos de carácter personal de titularidad pública que, en su caso, resulten necesarios para el ejercicio de las finalidades y funciones públicas propias del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos, de acuerdo con la Ley de Colegios Profesionales y la Ley de Protección de Datos. Asimismo corresponde a la indicada Junta de Gobierno la modificación o supresión de todos los ficheros de titularidad pública de responsabilidad del Colegio Oficial de Ingenieros Navales y Oceánicos.

Disposición transitoria

Una vez publicado este Acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y una vez que conste el registro de los nuevos ficheros de titularidad pública se procederá a la supresión del fichero inscrito en la Agencia Española de Protección de Datos como fichero privado denominado «colegiados».

Disposiciones finales

Primera.-De la presente disposición se dará traslado a la Agencia Española de Protección de Datos, conforme a lo dispuesto en el artículo 39.2.a) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que dispone que serán objeto de inscripción en el Registro General de Protección de Datos los ficheros de los cuales sean titulares las Administraciones Públicas. Asimismo, y en el artículo 5 del Real Decreto 1332/1994, de 20 de junio de 1994, se señala que todo fichero de datos de carácter personal de titularidad pública será notificado a la Agencia Española de Protección de Datos por el órgano competente responsable del fichero para su inscripción en el Registro General de Protección de Datos, mediante el traslado, a través del modelo normalizado que al efecto elabore la Agencia, de una copia de la disposición de creación del fichero.

Segunda.-La presente disposición entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de junio de 2006.-Director de Gestión, Miguel Moreno Moreno.-37.729.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid