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Documento BOE-B-2006-115025

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 kV de «Olmedilla», en el término municipal de Olmedilla de Alarcón, en la provincia de Cuenca, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 115, de 15 de mayo de 2006, páginas 4957 a 4958 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2006-115025

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» con domicilio en La Moraleja- Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes número 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la ampliación de la instalación eléctrica arriba citada. Resultando que la subestación a 400 kV de Olmedilla fue autorizada y declarada, en concreto, de utilidad pública por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía de fecha 13 de enero de 1989, aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de la misma fecha. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública a la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna al proyecto durante el plazo reglamentario. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, en cuyo término municipal radica la subestación, a fin de que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, informe sobre su conformidad o reparos y establezca, en su caso, los condicionados que estime oportunos e informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico de conformidad con la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Resultando que asimismo se remitió un ejemplar del proyecto a la Delegación Provincial de Obras Públicas de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, para que emitieran informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico. Resultando que por el Ayuntamiento de Olmedilla de Alarcón, se manifiesta que por su parte no hay ningún inconveniente para otorgar la autorización solicitada, y por el Servicio de Urbanismo de la Delegación Provincial de Obras Públicas en Cuenca de la Junta de Comunidades de Castilla-la Mancha se emite informe en el que se comunica que según los datos disponibles no consta la existencia de plan territorial ni figura de planeamiento que afecte al municipio de Olmedilla de Alarcón, motivo por el cual no puede informarse sobre la adecuación de la actuación pretendida a efectos urbanísticos, debiendo tener el municipio en consideración esta instalación en el momento de elaboración de su propio planeamiento municipal, según lo dispuesto en la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Cuenca. Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 9 de septiembre de 2004. Considerando que la instalación se encuentra incluida en la Planificación de los Sectores de Electricidad y Gas 2002-2011 (revisión 2005-2011) aprobada por el Consejo de Ministros el día 31 de marzo de 2006. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 kV de «Olmedilla», situada en el término municipal de Olmedilla de Alarcón en la provincia de Cuenca, y que consiste, básicamente, en: Construcción de una posición de interruptor en la calle 7, en el lado de barras 2.

La nueva posición de la calle 7 se conectará a un autotransformador trifásico de 400/132/33 kV y 450 MVA, ubicado en el nuevo parque de 132 kV propiedad de la Comunidad de Bienes constituida por los promotores eólicos propietarios de los parques. Aparamenta: Instalación y equipamiento de la posición de interruptor en SF6 para la conexión del autotransformador AT-2 a 400/132 kV. Instalación en la caseta de relés CR-47 de los equipos de protección y control de la posición correspondiente al autotransformador AT-2. La subestación, en configuración de interruptor y medio, una vez efectuado el equipamiento de las nuevas posiciones, quedará como se indica a continuación. Calle 1: Posición 11 (Reserva sin equipar); Posición 21 (Autotransformador AT-3). Calle 2: Posición 12 (Línea Romica 1); Posición 22 (Linea Morata). Calle 3: Posición 13 (Línea Romica II); Posición 23 (Línea Trillo 2). Calle 4: Posición 14 (Línea Catadau); Posición 24 (Línea Trillo 1). Calle 5: Posición 15 (Reserva sin equipar); Posición 25 (Reactancia). Calle 6: Posición 16 (Reserva sin equipar); Posición 26 (Reserva sin equipar). Calle 7: Posición 17 (Autotransformador AT-1); Posición 27 (Autotransformador AT-2). Barras: B1 y B2.

Queda excluida de los efectos económicos del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución de energía eléctrica, la posición de interruptor de línea de la Calle 7 más próxima a las barras 2, excepto de los costes de operación y mantenimiento, que serán asumidos por el Sistema.

La finalidad de la ampliación de la subestación tiene por objeto atender a la necesidad de incorporar a la Red de Transporte la futura generación de régimen especial de la provincia de Cuenca, enmarcándose dicha ampliación dentro de las actuaciones globales proyectadas por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» para facilitar el Plan Eólico de Castilla-La Mancha. 2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza a los efectos previstos en el Título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 18 de abril de 2006.-El director general, Jorge Sanz Oliva.

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