Al no haberse podido practicar la notificación personal a doña Valentina Sever Palou con NIF 46150195M, don Daniel Godoy Rambla con NIF 37323074P, doña Sharon Babar Babar con NIF X3484700Q, don Zaviar Babar Babar con NIF X3484700Q, doña Alexa Belén Ferrer Treviño con NIF 46475088T, don Josep Oriol Domenech Marti con NIF 46630037K, doña Pau Bleda Ruiz con NIF 46339628X, doña Caroline Peñarrieta Álvarez con NIF X2620560D, doña Alba López Fernández, con NIF 22002429P, conforme dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, a efectos de notificación al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en el mismo artículo y en el segundo párrafo del articulo 60.2 de la Ley 30/1992, se comunica que examinados los recursos de reposición interpuestos por los alumnos antes mencionados, contra la denegación de la beca solicitada para el curso 2003/2004, se observa que algunos extremos de los mismos no quedan documentados, por lo cual los expedientes correspondientes se encuentran a disposición de los interesados en la Subdirección General de Becas y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones, Verificación y Control, teléfono 913778300, calle Torrelaguna, 58, Madrid), durante el plazo máximo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente notificación, para que aporte la documentación pertinente de acuerdo con lo previsto en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En caso de no hacerlo se les tendrá por desistido de sus peticiones, archivándose éstas sin más tramite.
Madrid, 27 de abril de 2006.-La Directora General de Cooperación Territorial y Alta Inspección, María Antonia Ozcariz Rubio.
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