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En la publicación del Boletín Oficial del Estado número 99 de fecha 26 de abril de 2006 en su apartado 7. Requisitos específicos del contratista, en su punto a), donde dice: «Grupo V, Subgrupo 8 y Categoría B.» debe decir, «Grupo V, Subgrupo 8 y Categoría B. Se admitirá también la clasificación siguiente: Grupo V, Subgrupo 2 y Categoría B».
Madrid, 28 de abril de 2006.-El Gerente, Francisco Javier Sevillano Martín.
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