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Documento BOE-B-2005-98052

Notificación de la Directora General de Instituciones Penitenciarias de la Resolución de 8 de abril de 2005, dictada en expediente formal de corrección disciplinaria número 26/04, instruido a don Luis Eduardo Rodríguez Pérez.

Publicado en:
«BOE» núm. 98, de 25 de abril de 2005, páginas 3500 a 3501 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2005-98052

TEXTO

Edicto

No siendo posible notificar a don Luis Eduardo Rodríguez Pérez, la Resolución de 8 de abril de 2005 del Ministro del Interior, procede, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, notificarle, y a tal efecto se le notifica, la parte dispositiva de la antes citada Resolución de 8 de abril de 2005, omitidas las referencias a Cuerpo de pertenencia y unidad de destino, dice así: «Resolución: Primero.-Declarar al funcionario don Luis Eduardo Rodríguez Pérez, autor disciplinariamente responsable de una falta grave de "incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes'', de que queda hecha mención en el apartado primero del correlato fáctico, tipificada en el artículo 7.1.I) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, imponiéndole la sanción de dos meses de suspensión de funciones establecida en el artículo 14.b), en relación con el 16, ambos del mismo Cuerpo legal.

Segundo.-Declarar, asimismo, autor disciplinariamente responsable de seis faltas grave de "incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes'', de que queda hecha mención en los apartados segundo, tercero, cuarto, quinto, sexto y séptimo del correlato fáctico, tipificada en el artículo 7.1.I) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, imponiéndole la sanción de cuatro meses de suspensión de funciones por cada una de ellas, establecida en el artículo 14.b), en relación con el 16, ambos del mismo Cuerpo legal. Tercero.-Declararle, asimismo, autor disciplinariamente responsable de una falta grave de "incumplimiento injustificado de la jornada de trabajo que acumulado suponga un mínimo de diez horas al mes'', de que queda hecha mención en el apartado octavo del correlato fáctico, tipificada en el artículo 7.1.I) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, imponiéndole la sanción de un mes de suspensión de funciones establecida en el artículo 14.b), en relación con el 16, ambos del mismo Cuerpo legal. Cuarto.-Declararle, asimismo, y finalmente autor disciplinariamente responsable de una falta muy grave de "abandono de servicio'', de que queda hecha mención en el apartado noveno del correlato fáctico, tipificada en el artículo 31.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el artículo 6. c) del Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado, imponiéndole la sanción de separación del servicio, establecida en el artículo 14.a), en relación con el 15, ambos del mismo Cuerpo legal.»

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, es dado interponer recurso potestativo de reposición ante este Ministerio, o Contencioso-Administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente, contados a partir del día siguiente al de la notificación de la presente, conforme a lo dispuesto en el apartado 2) de la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, 48.2) y 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero y 9.a) y 46.1) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.Notifíquese.

Madrid, 13 de abril de 2005.-Directora general de II.PP, Mercedes Gallizo Llamas.

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