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Documento BOE-B-2005-88108

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 KV, de «Aragón», en el término municipal Castelnou (Teruel), mediante la construcción y equipamiento de dos nuevas posiciones de línea que se denominaran «Castelnou 1» y «Castelnou 2», y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 88, de 13 de abril de 2005, páginas 3105 a 3106 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-88108

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja, Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública, de la ampliación de la instalación que se cita. Resultando que la subestación fue autorizada y declarada, en concreto, de utilidad pública por Resolución de la Dirección General de la Energía del Ministerio de Industria y Energía de fecha 15 de noviembre de 1979. Aprobándose el proyecto de ejecución por Resolución de fecha 15 de mayo de 1980. Resultando que a los efectos `previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima»; no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna al proyecto de ampliación durante el plazo reglamentario. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Castelnou, en cuyo término municipal radica la subestación, a los efectos previstos en los artículos 127, 131 y 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera, de la Ley 13/2003, de 23 mayo, reguladora del contrato de concesión de obras publicas, por el mismo se informa que no se estima la existencia de ningún condicionado a dicho proyecto, y en cuanto a la compatibilidad del proyecto con el planeamiento vigente en el municipio se emite, igualmente, informe favorable condicionado a la solicitud y concesión de la preceptiva licencia urbanística por parte del Ayuntamiento. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Servicio Provincial del Departamento de Obras Públicas, Urbanismo y Transporte del Gobierno de Aragón en Teruel, a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adiciónales, duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, se emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, no existe pronunciamiento alguno por el mismo, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entiende evacuado dicho informe en sentido favorable. Visto el informe favorable emitido por la Dependencia del Area de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Teruel. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 24 de febrero de 2005. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400 KV de «Aragón» en el termino municipal de Castelnou (Teruel), cuyas características principales son: Tipo: Intemperie, en configuración de doble barra con barra de transferencia.

Construcción y equipamiento de dos nuevas posiciones de línea: Posición L/60, Castelnou 1 y Posición L/62, Castelnou 2. Ampliación de las Barras Principales B1, B2 y de Transferencia hasta las nuevas posiciones Castelnou 1 y Castelnou 2, con tubo de aluminio de 250 milímetros de diámetro. Aparamenta: Se instalarán interruptores de mando unipolar con cámaras de corte SF 6, seccionadores rotativos de tres columnas, seccionadores pantógrafos, seccionadores pantógrafos con cuchillas de puesta a tierra, transformadores de intensidad, transformadores de tensión capacitivos, pararrayos autoválvulas y aisladores de apoyo. Redes de tierra inferiores: Se completará la malla existente de tipo retícula de cobre de 120 milímetros cuadrados para la conexión de las nuevas estructuras y casetas del parque. Red de tierras superiores: Instalación de pararrayos en los pórticos de llegada de línea. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Construcción de una caseta de relés. Sistemas de protecciones, de medida y control. Sistemas de comunicaciones por fibra óptica y telefonía interna.

La finalidad de la ampliación de la subestación es posibilitar la incorporación a la Red de Transporte de la energía generada por la futura central térmica de ciclo combinado de Castelnou, de 800 MW de potencia.

Las posiciones de línea que se autorizan (Castelnou 1 y Castelnou 2) quedan excluidas de los efectos económicos del Real Decreto 2819/1988, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, excepto de los de operación y mantenimiento que serán asumidos por el Sistema. 2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1977, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

Contra la presente Resolución cabe interponer recur-so de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 9 de marzo de 2005.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.

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