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Documento BOE-B-2005-86064

Resolución de 14 de diciembre de 2004, de la Delegación Provincial en Granada de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se acuerda la necesidad de ocupación de bienes y derechos, a efectos de expropiación forzosa, resultando beneficiaria de la misma la concesión de explotación «Aduana II», número 30.361.

Publicado en:
«BOE» núm. 86, de 11 de abril de 2005, páginas 3012 a 3012 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-B-2005-86064

TEXTO

La entidad «Mármoles Antonio Sáez, Sociedad Limitada», con domicilio en Jau-Santa Fe (Granada), Camino de los Villares, s/n, es titular de la concesión de explotación «Aduana II» número 30.361, para caliza marmórea, situada en los términos municipales de Loja y Salar (Granada). Dicha concesión fue otorgada el 3 de noviembre de 1998, y mantiene su vigencia administrativa en el día de la fecha. Por instancia de 28 de diciembre de 1999, don Antonio Sáez Moyano, solicita la tramitación del presente expediente de expropiación forzosa, con base en los artículos 105 y 107 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas; en los artículos 131 y 133 del Decreto 2.857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería; en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y en el Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto de abril de 1957. Efectuada información pública, de conformidad con el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, y, transcurrido el plazo para formular alegaciones, sin que las mismas se hayan presentado, esta Delegación Provincial, en virtud del artículo 20, del mismo texto legal, resuelve:

Acordar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos que se exponen a continuación, describiendo los aspectos materiales y jurídicos de los mismos y designando nominalmente a los interesados, de conformidad con los artículos 3, 4, y 20 de la Ley de Expropiación Forzosa. Denominación de la finca: Cortijo del Cardador.

Término municipal: Salar (Granada). Propietarios: Don Ramón López Lorca y doña Mercedes Ramos Terrón. Naturaleza del terreno a expropiar: Rústico. Inscripción registral: Registro de la propiedad de Loja (Granada), folio número 64, libro número 41, tomo número 41, finca número 5.918, con la siguiente descripción: Tierra de secano inculto, término municipal de Salar, de cabida treinta hectáreas, cincuenta y cuatro áreas y noventa y nueve centiáreas, o, cincuenta y cuatro fanegas y veinte centésimas de otra, que lindan: Norte, resto de la finca matriz de don Francisco Jiménez Tienda y Barranco de los Gronsillos; este, don Juan Guzmán García; sur, don Juan Guzmán García y don Emilio Trassierra Lozano; oeste, resto de finca matriz y camino de Loja a Vélez. Linda además por el norte, este y oeste con resto de finca matriz de labor con olivos, y por el este y sur con el Barranco de la Peña en medio.

La zona a ocupar temporalmente está formada por 128.471 m2, definidos por el polígono cuyas coordenadas UTM son:

Vértice

Este

Oeste

1

404642,891

4107502,964

2

404678,143

4107517,852

3

404691,597

4107560,554

4

404741,790

4107617,017

5

404744,377

4107701,473

6

404761,970

4107733,737

7

404797,157

4107754,614

8

404834,414

4107754,614

9

404930,142

4107722,824

10

404979,818

4107687,713

11

405002,586

4107632,674

12

405048,122

4107584,278

13

405101,937

4107542,999

14

405157,304

4107515,954

15

405178,520

4107496,026

16

405113,224

4107433,656

17

405008,000

4107387,000

18

404821,477

4107332,333

19

404793,017

4107344,195

Esta superficie se sitúa dentro de la parcela número 187, del polígono 12, hoja número 1 del Catastro de Fincas Rústicas de Salar, teniendo una superficie de 130.530 m2. Se encuentra en su totalidad dentro de los límites de la concesión de explotación «Aduana II».

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, pudiendo formularse ante esta Delegación Provincial, o ante el órgano competente para su resolución, todo ello de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 14 de diciembre de 2004.-El Delegado Provincial, Alejandro Zubeldía Santoyo.

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