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Con fecha 24 de octubre de 2005, el. Sr. Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación, por delegación de la Excma. Sra. Ministra (Resolución Delegación de Atribuciones 30-05-1996) ha resuelto lo siguiente:
Visto el informe de la Dirección General de Carreteras sobre el estudio previo de referencia, y en uso de la competencia establecida en la Resolución de Atribuciones de 30 de mayo de 1996, resuelvo: Primero.-Aprobar el Expediente de Información Pública y definitivamente el Estudio Previo: «Acceso al Puerto de Málaga 2.ª Fase. MA-22. Tramo: MA-21 a Central Térmica», en su alternativa G, cuyo presupuesto base de licitación es de 22.261.074,31 euros, que incluye 3.070.493,01 euros en concepto de I.V.A. (16%), con las siguientes prescripciones a cumplimentar durante la redacción del Proyecto de Construcción: El Acceso peatonal a la parcela colindante a la autovía desde el Palacio de Deportes se efectuará desde un punto intermedio de la pasarela peatonal proyectada para unir el «Polígono La Azucarera» y el Palacio de Deportes.
Si técnicamente fuese viable, se proyectará un acceso adicional de vehículos al «Polígono La Azucarera» desde la zona de la progresiva 0+400 del ramal eje 13. El proceso de ocupación de los terrenos expropiados en su día por la Agencia Andaluza del Agua se deberá realizar de acuerdo con el mencionado Organismo.
La presente resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y, contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Ministra del Departamento, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses a partir del día siguiente al de la publicación de aquella en el «Boletín Oficial del Estado», sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Granada, 2 de diciembre de 2005.-El Jefe de la Demarcación, Juan Francisco Martín Enciso.
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