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Desconociéndose el domicilio actual del deudor Tejedera, S. L., cuyo último era la c.ª de Baena, s/n, 14940 Cabra, Córdoba, afectado por Resolución del Fondo Español de Garantía Agraria de 10/09/1996, expedientes número 2-30/96 y 2-242/96, por un importe adeudado de 1.069.362,23 euros, y que hasta la fecha no ha sido posible por conductos ordinarios la notificación de la liquidación correspondiente a la misma, por el presente edicto y al amparo de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de septiembre, queda notificada y se le concede el plazo establecido en el artículo 20.4 del Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, para proceder al abono de la citada cantidad en la cuenta número 9000-0001-20-00009025 del Banco de España a nombre de «Fega-Feoga Garantía Organismo Pagador».
Transcurrido dicho plazo, de no tener constancia del ingreso se procederá a su reclamación por vía ejecutiva con los recargos legalmente establecidos.
Madrid, 27 de octubre de 2005.-El Presidente, Francisco Mombiela Muruzábal.
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