El Jefe de la Dependencia de Recaudación de la Delegación de la AEAT de Zaragoza,
Hace saber: De conformidad con lo establecido en el artículo 146 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 1648/1990, de 20 de diciembre, se ha dictado acuerdo, con fecha 16-12-04, decretando la venta de los bienes embargados en el procedimiento administrativo de apremio seguido contra el deudor Manuel Montañés Ginés, NIF 17.095.224-Z, y se dispone la venta de los bienes que se detallarán a continuación, mediante subasta que se celebrará el día 28 de febrero de 2005, a las 10,30 horas, en la Delegación de la AEAT de Zaragoza, sita en calle Albareda, número 16 (salón de actos, segunda planta). En cumplimiento del artículo 146 del citado Reglamento, se publica el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen tomar parte en la subasta de lo siguiente:
Primero.-Los bienes a subastar están afectos por las cargas y gravámenes que figuran en la descripción de los bienes y que constan en el expediente, las cuales quedan subsistentes sin que pueda aplicarse a su extinción el precio del remate.
Segundo.-La subasta se suspenderá en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes si se realiza el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento. Tercero.-Los licitadores podrán enviar o presentar sus ofertas en sobre cerrado desde el anuncio de subasta hasta una hora antes del comienzo de ésta, sin perjuicio de que pueden participar personalmente en la licitación con posturas superiores a la del sobre. Dichas ofertas, que tendrán el carácter de máximas, serán registradas en el Registro General de la Delegación de la AEAT, y deberán ir acompañadas de cheque conformado extendido a favor del Tesoro Público por el importe del depósito, o de NRC justificativo de su constitución telemática de acuerdo con la Resolución 5/2002, de 17 de mayo, del Director General de la AEAT. Los licitadores podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria, http://www.agenciatributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE de 24-05-02), de la Dirección General de la AEAT, por la que se regula la participación por vía telemática en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación. Cuarto.-Todo licitador habrá de constituir ante la Mesa de Subasta, depósito de garantía, en metálico o cheque conformado a favor del Tesoro Público, que será de, al menos, el 20 por 100 del tipo de subasta en primera licitación. Este depósito se ingresará en firme en el Tesoro si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurrirán por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. También se podrá constituir el depósito de garantía a través de una entidad colaboradora adeherida por vía telemática, asociándolo a un número de referencia completo (NRC) que permita su identificación, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE de 24-05-02), del Director General de la AEAT. Quinto.-En caso de que no resulten adjudicados los bienes en una primera licitación, la Mesa de Subasta podrá realizar una segunda licitación, si lo juzga procedente, fijando el nuevo tipo de subasta en el 75 por 100 del importe de la primera licitación, o bien anunciará la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo de acuerdo con el artículo 150 del Reglamento General de Recaudación. Sexto.-El adjudicatario deberá entregar en el acto, o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. El ingreso, en plazo establecido, de la diferencia entre el precio de adjudicación y el importe del depósito constituido podrá realizarse a través de internet, en la dirección http://www.agenciatributaria.es en la opción «pago de impuestos, pago de liquidaciones practicadas por la administración». Asimismo, el adjudicatario podrá realizar a través de internet en la dirección antes mencionada el ingreso del importe total del precio de adjudicación, lo que deberá comunicar a la Mesa de Subasta, en cuyo caso, una vez efectuado el ingreso, se procederá por la Agencia Tributaria a levantar la retención realizada sobre el depósito constituido por el adjudicatario. Séptimo.-Si quedasen bienes sin adjudicar, se iniciará el trámite de adjudicación directa, por un plazo máximo de seis meses, pudiéndose presentar ofertas en sobre cerrado, a partir de ese momento, a la Mesa de Subastas. La Mesa de Subasta abrirá las ofertas presentadas al término del plazo del mes de su inicio, pudiendo proceder a la adjudicación de los bienes si alguna de ellas se considera suficiente en ese momento. En caso contrario, se anunciará la extensión a un mes más para presentación de nuevas ofertas o mejora de las ya existentes, sin perjuicio de la validez de las ofertas presentadas hasta ese momento, y así sucesivamente, con el límite total de seis meses. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el ofertante deberá justitificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de Correos y anunciar a la Mesa la remisión de la oferta mediante fax, correo electrónico o telegrama en el mismo día, de forma que sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la fecha de la terminación del plazo establecido. El precio mínimo de adjudicación directa será el tipo de subasta en primera licitación cuando no se haya considerado procedente celebrar una segunda licitación; si hubiera existido segunda licitación no habrá precio mínimo. Asimismo, se podrán presentar ofertas a través de la página web de la Agencia Tributaria, http://www.agencia-tributaria.es, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 5/2002, de 17 de mayo (BOE de 24-05-02), de la Dirección General de la AEAT, por la que se regula la participación por vía telemática, en procedimientos de enajenación de bienes desarrollados por los órganos de recaudación. Octavo.-La Agencia Tributaria se reserva el derecho a pedir la adjudicación para el Estado del bien que no hubiera sido objeto del remate, conforme a lo establecido en el artículo 158 del Reglamento General de Recaudación. Noveno.-Cuando se trate de bienes inscribibles en Registros públicos, los licitadores se conformarán con los títulos de propiedad que hayan aportado al expediente, sin derecho a exigir otros; dichos títulos estarán a disposición de los interesados en las oficinas de la Dependencia de Recaudación, donde podrán ser examinados todos los días hábiles a partir de la publicación del presente anuncio, hasta el día anterior al de la celebración de la subasta. En caso de no estar inscritos los bienes en el Registro, la escritura de adjudicación es título, mediante el cual puede efectuarse la inmatriculación en los términos previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en los demás casos se estará a lo dispuesto en el título VI de dicha Ley. Décimo.-Todos los gastos e impuestos derivados de la transmisión, incluidos los derivados de la inscripción en el Registro de la Propiedad del mandamiento de cancelación de cargas no preferentes, serán por cuenta del adjudicatario. Respecto al estado de deudas de la comunidad de propietarios, que pudieran existir, de las viviendas o locales, el adjudicatario exonera expresamente a la AEAT, al amparo del artículo 9 de la Ley 49/1960, de 21 de junio, de Propiedad Horizontal, modificado por Ley 8/1999, de 6 de abril, de la obligación de aportar certificaciópn sobre el estado de las deudas de la comunidad, siendo a cargo del mismo los gastos que queden pendientes de pago. Undécimo.-El procedimiento de apremio solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 165 de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre).
En todo lo no previsto en este anuncio se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto.
Relación de bienes a subastar
Lote número 3.
Número de diligencia: 50042300487Z.
Fecha de la diligencia: 20-7-2004. Tipo de subasta en primera licitación: 462.681,84 euros. Tramos: 2.000,00 euros. Depósito: 92.536,36 euros. Bien número 1:
Tipo de bien: Otros bienes y derechos.
Tipo de derecho: Pleno dominio. Depositario: Montañés Ginés, Manuel. Lugar de depósito: Gestiones la Zuda, S.L. Descripción: 3.715 participaciones sociales de 60,01 euros de nominal cada una de la entidad Gestiones la Zuda, S.L., por un importe total de 223.276,00 euros, suscritas según escritura de constitución de dicha sociedad en fecha 9-4-91.
Nota.-Se hace constar que la adjudicación que pueda producirse será provisional durante el plazo de un mes a contar desde la notificación de la misma a la sociedad, en virtud del derecho que ostentan tanto la sociedad como los socios, según los propios Estatutos sociales.
Zaragoza, 18 de enero de 2005.-Fdo.: Jesús Longás Lafuente.
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