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Documento BOE-B-2005-246130

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la ampliación de la subestación a 400 kV de «Vandellós», en el término municipal de Vandellós (Tarragona).

Publicado en:
«BOE» núm. 246, de 14 de octubre de 2005, páginas 9332 a 9333 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2005-246130

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Servicio Territorial de Tarragona del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los Gaitanes número 177 solicitando la autorización administrativa de la ampliación de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de <<Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima>>, no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante plazo reglamentario. Resultando que enviadas separatas del proyecto y solicitada conformidad, oposición o reparos, y en su caso, la emisión de los condicionados técnicos procedentes, de acuerdo con establecido en los artículos 127 y 131 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en lo que afecta a bienes o derechos a su cargo a la Agencia Catalana del Agua y a «Telefónica de España», por la Agencia Catalana del Agua se informa favorablemente y por Telefónica se manifiesta que no tiene nada qué objetar al proyecto de ampliación siempre y cuando se soliciten y realicen los oportunos proyectos de variación de los servicios afectados. Resultando que remitida separata de proyecto al Ayuntamiento de Vandellós y L'hospitalet de I'lfant, además de a los citados efectos del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, a los efectos de las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003 de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, éste requiere información gráfica complementaria, supeditando su informe a la aportación de la documentación requerida. Una vez aportada esta documentación por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», y reiterada la petición al Ayuntamiento, por éste no se produce pronunciamiento alguno, por lo que ha de entenderse emitido informe en sentido favorable de acuerdo con las disposiciones citadas. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto al Servicio Territorial de Tarragona de la Dirección General de Urbanismo del Departamento de Política Territorial y Obras Públicas de la Generalidad de Cataluña, a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, emita informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, se emite informe manifestando que si la ampliación se desarrolla en suelo urbano y el uso ya está autorizado por la Comisión Territorial de Urbanismo de Tarragona, habrá de solicitarse licencia al Ayuntamiento y organismos competentes, y que en caso de que la instalación se quiera emplazar en suelo no urbanizable deberá solicitarse la autorización de la Comisión de Urbanismo. Resultando que la proyectada ampliación del parque de 400 kV se efectuará dentro del recinto de la subestación existente, en terrenos propiedad de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Energía, Minas y Seguridad Industrial del Departamento de Trabajo e Industria de la Generalidad de Cataluña. Visto el informe de la Comisión Nacional de Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada el día 8 de septiembre de 2005. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el capítulo II, del título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», la ampliación de la subestación a 400 kV de «Vandellós», en configuración de doble barra, situada en el término municipal de Vandellós (Tarragona), que consisten básicamente en: Construcción de dos nuevas posiciones de línea denominadas Plana del Vent 1 y Plana del Vent 2, en el espacio que ocupa actualmente la posición 10 (de acoplamiento), trasladando está al final del embarrado al nordeste del parque, ocupando la nueva posición 18.

Las dos nuevas posiciones de línea se construirán en el área dejada por el acoplamiento de barras una vez trasladado, renumerándose como posiciones 9 y 10. Aparamenta: Se instalarán interruptores, seccionadores rotativos de tres columnas, seleccionadores pantógrafos, transformadores de intensidad, transformadores de tensión capacitivos y aisladores soporte para las nuevas posiciones de línea, y una celda blindada con aislamiento en SF6 en ejecución modular para la nueva posición de acoplamiento. Redes de tierra inferiores: Completar las redes de tierra para conexión de las nuevas estructuras. Redes de tierras superiores: Tanto las nuevas posiciones de línea como las de acoplamiento se protegerán mediante punta Franklin. Servicios auxiliares de corriente alterna y corriente continua. Sistemas de protección, medida y control. Construcción de una nueva caseta de relés CR-8 en la que se dispondrán los sistemas de protección y sistemas auxiliares. Sistemas de comunicaciones por onda portadora, fibra óptica y telefonía interna. Sistemas de alumbrado y fuerza. La finalidad de la instalación es incorporar a lar red de transporte la energía a generar en la central térmica de ciclo combinado de 800 MW de La Plana del Vent, que Gas Natural está tramitando junto a la subestación de Vandellós. Las posiciones que se autorizan, así como la posición de acoplamiento, quedan excluidas de los efectos económicos del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, excepto los costes de operación y mantenimiento que serán asumidos por el Sistema.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14. 7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 26 de septiembre de 2005.-El Director general, Jorge Sanz Oliva.

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