De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 del Reglamento General para el Régimen de la Minería, aprobado por Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, y de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto 1074/2002, de 18 de octubre, por el que se regula el proceso de elaboración, circulación y comercio de las aguas de bebida envasada, se procede a publicar la declaración de la condición de «Agua Mineral Natural» de determinadas captaciones. En merito a lo expuesto, resuelvo:
Primero.-Ordenar la publicación de la declaración de la condición de «Agua Mineral Natural» de la captación denominada «Pozo P-3», situada en la planta embotelladora de Etxabarri-Ibiña, del término municipal de Zigoitia (Álava), solicitada por la mercantil «Compañía de Bebidas Pepsico, S.A.», con domicilio social en Vitoria-Gasteiz, Avenida de los Olmos, n.º 2.
Segundo.-Ordenar la publicación de la declaración de la condición de «Agua Mineral Natural» de la captación denominada «Pozo P-4», situada en la planta embotelladora de Etxabarri-Ibiña, del término municipal de Zigoitia (Álava), solicitada por la mercantil «Compañía de Bebidad Pepsico, S.A», con domicilio social en Vitoria-Gasteiz, Avenida de los Olmos, n.º 2.
Contra la resolución de declaración, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Administración y Planificación, en el plazo de una mes, a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vitoria-Gasteiz, 18 de enero de 2005.-Director de Administración de Industria y Minas, Rubén Mendiola Erkoreka.
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