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Documento BOE-B-2005-22065

Resolución del Consejo Superior de Deportes, por la que se notifica al interesado la apartura de expediente disciplinario a Don Fernando Selles Pallarés, por Acuerdo del Comité Español de Disciplina Deportiva.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 26 de enero de 2005, páginas 616 a 616 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-B-2005-22065

TEXTO

Por el presente anuncio, la Dirección General de Infraestructuras Deportivas del Consejo Superior de Deportes, intentada la notificación personal y de conformidad con el artículo 59 apartado 4 de la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, notifica a D. Fernando Selles Pallares, el Acuerdo del Comité Español de Discplina Deportiva por el que se abre nuevo experdiente disciplinario por la presunta comisión de una infracción continuada debido al disfrute ilícito de subvenciones de las propias de los artículos 76.1 a) de la Ley 10/1990, del Deporte y 14.a) del Reglamento de Disciplina Deportiva, que tipifican como infracción común muy grave a las reglas del juego o competición, o las normas deportivas generales, los abusos de autoridad. Asimismo, se informa que se ha designado Instructor del procedimiento al Vocal del Comité Español de Disciplina Deportiva, Don Salvador Villanueva Liñán y Secretario al propio del Comité, Don Carlos Hernández de la Torre Galán, concediendo a la parte el plazo de 3 días desde la publicación de la presente para que, si así lo entendiera, proceda a la recusación de cualquiera de ellos.

Expediente 215/2002 cuarto. Inculpado: Don Fernando Sellés Pallarés. Fecha de la Resolución: 29 de octubre de 2004.

El expediente sancionador fue abierto ante la presunta comisión de infracción continuada que trae causa en el disfrute ilícito de subvenciones de los artículos 76.1 a) de la Ley 10/1990, del Deporte y 14. a) del Reglamento de Disciplina Deportiva.

Contra la presente resolución, de mero trámite, no cabe recurso alguno sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 107 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 59.4 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999.

Madrid, 14 de enero de 2005.-La Directora General de Infraestructuras Deportivas del Consejo Superior de Deportes. Inmaculada Martín-Caro Sánchez.

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