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Documento BOE-B-2005-208074

Resolución de la Consejería de Industria y Empleo por la que se somete a información pública el proyecto de solicitud de autorización administrativa de ejecución y declaración de utilidad pública de la gasificación del término municipal de Coaña.

Publicado en:
«BOE» núm. 208, de 31 de agosto de 2005, páginas 7969 a 7971 (3 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma del Principado de Asturias
Referencia:
BOE-B-2005-208074

TEXTO

A los efectos previstos en el art.º 73.4 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos (BOE de 8-10-98), modificado por el artículo 28 del Real Decreto Ley 5/2005, y en el Titulo V de la citada Ley 34/1998, puesto en relación con los arts. 17 de la Ley de Expropiación Forzosa y 56 de su Reglamento, se somete a Información Pública el siguiente Proyecto de Instalaciones:

Expediente: 97206/GAS

Peticionario: Naturcorp Redes S.A. Unipersonal, con domicilio en Plaza de la Gesta, 2 - 5.ª Planta. 33007-Oviedo. Objeto de la petición: Autorización administrativa de ejecución y declaración de utilidad pública del proyecto de gasificación del término municipal de Coaña. Descripción de las instalaciones:

El punto inicial del alimentador se encuentra situado en la zona denominada Las Aceñas, en el término municipal de Navia, junto a la ría del mismo nombre y en las cercanías de la desembocadura del río Anleo. En ese punto se realizará la conexión con el alimentador a Navia, procedente de la ERM APA 16 bar/APA 10 bar, situada en terrenos de la industria papelera ENCE (anteriormente CEASA) y se instalará una válvula general de corte en dirección a Coaña y otra en dirección a Navia.

Del punto indicado anteriormente partirá el alimentador, que suministrará gas en régimen de alta presión A (APA), y que estará formado por una tubería de polietileno PE 100 SDR 11 de diámetro 160 mm. Desde este punto el alimentador cruza la ría de Navia, mediante una perforación dirigida bajo su cauce, y continúa, ya canalizado por zanja, atravesando unos prados, para cruzar la carretera AS-12 y mantener con ella un paralelismo, respetando una distancia de 3 m desde la línea de explanación de la carretera AS-12 (dependiente de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio e Infraestructuras); cruzando el alimentador posteriormente el río Meiro por puente existente y de forma aérea, mediante soportes. Después de cruzar la carretera CÑ-3, atraviesa una finca para situarse en paralelismo con la CÑ-3 y, a unos pocos metros, cruza una línea de FEVE, también por puente existente, mediante soportes metálicos, continuando por caminos existentes y pasando por el pueblo de Jarrio. Posteriormente, el alimentador cruza la carretera N-634, mediante perforación horizontal, y continua por un camino que, tras cruzar la carretera CÑ-4 y llevar un pequeño paralelismo, llega a la zona del colegio de EGB y Hospital de Jarrio; desde ese punto y por caminos, el alimentador finaliza en el área industrial de Río Pinto (fases I y II). En el polígono industrial de Río Pinto, concretamente en la fase II, se proyecta una ERM de APA 10 bar/MPB para distribuir gas natural en MPB tanto al polígono como a la zona del hospital de Jarrio y al pueblo de Jarrio (Coaña), a través de una canalización de vuelta instalada en la propia zanja que la red diseñada para APA 10 bar. Dicha canalización estará formada por tubería de polietileno PE 100 SDR 17,6 de diámetro 110 mm. El alimentador en APA dentro del polígono industrial se prolonga desde la ERM llegando hasta la altura de una planta de producción de asfaltos donde se deja acometida, ya que se tiene previsto duplicar la producción y precisará suministro en APA, aunque hasta ese momento se suministraría en MPB. La longitud del alimentador APA previsto es de 4.600 m. La longitud de las redes de distribución MPB previstas es de 3.610 m.

Presupuesto: 752.473,82 euros.

Afecciones a terrenos: La afección a fincas de propiedad privada derivada de la construcción del gasoducto y sus instalaciones auxiliares se concreta en la siguiente forma:

Uno.-Expropiación de pleno dominio de los terrenos sobre los que se han de construir los elementos de instalación fija en superficie.

Dos.-Para las canalizaciones.

Ocupación temporal: Es una necesidad derivada de la ejecución de las obras, consistente en la ocupación de una franja de 10 metros de ancho durante el período que duren los trabajos. En esta área, indicada en la relación que se adjunta y en los planos parcelarios, se hará desaparecer, temporalmente, todo obstáculo y se realizarán las obras necesarias para el tendido e instalación de la canalización y elementos anexos, ejecutando los trabajos y operaciones precisas para dichos fines (según Plano tipo PT/P-VR-02 del proyecto).

Servidumbres: Imposición de servidumbre permanente de paso en una franja de 4 metros de ancho (según Plano tipo PT/P-VR-02 del proyecto), a lo largo del gasoducto, por donde discurran enterradas la tubería o tuberías que se requieran para la conducción del gas, así como para el cable de comunicaciones, y que estará sujeta a las siguientes limitaciones:

Libre acceso del personal y elementos necesarios para poder mantener, reparar o renovar las instalaciones, con pago, en su caso, de los daños que se ocasionen.

Prohibición de efectuar trabajos de arada o similares a una profundidad superior a treinta centímetros, así como plantar árboles o arbustos a una distancia inferior a dos metros a contar desde el eje de la tubería. Prohibición de efectuar cualquier tipo de obras o efectuar acto alguno que pudiera dañar o perturbar el buen funcionamiento de las instalaciones, a una distancia inferior a 5 metros del eje del trazado, a uno y otro lado del mismo. Esta distancia podrá reducirse siempre que se solicite expresamente y se cumplan las condiciones que, en cada caso, fije el órgano competente de la Administración.

Superficie a expropiar: Pleno dominio de los terrenos sobre los elementos de instalación fija en superficie.

Lo que se hace público para conocimiento general y especialmente de los propietarios de terrenos y demás titulares afectados por dicho proyecto, cuya relación de bienes y derechos afectados se inserta al final de este anuncio, para que pueda ser examinado el expediente en la Consejería de Industria y Empleo, Servicio de Fluidos y Metrología, Plaza de España, n.º 1, 3.ª planta con C.P. 33007 de Oviedo y presentar por triplicado, en el Registro de Entrada de la Consejería de Industria y Empleo, las alegaciones que estimen oportunas en el plazo de veinte días a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio.

Oviedo, 1 de julio de 2005.-El Consejero de Industria y Empleo, P. D. Resolución 11-09-03 (BOPA 30-09-03), el Director general de Minería, Industria y Energía, Jesús Manuel Muñiz Castro.

Aquí aparecen varias imágenes en el original. Consulte el documento PDF de este anuncio.

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