El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria que celebró el día 1 de agosto del 2005, tomó, entre otros, el siguiente acuerdo:
Primero.-Aprobar inicialmente el documento de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación para la adaptación de los usos en el ámbito del PERI zona de soporte de actividades portuarias de la Sínia de les Vaques, clave 13, y del Anexo 4 (volumen II) de las Normas Urbanísticas del Plan, respecto del PERI de este sector, redactado por la Sección de Urbanismo de este Ayuntamiento.
Segundo.-Suspender preceptivamente el otorgamiento de licencias de instalación o ampliación de actividades o usos concretos en el ámbito determinado en el plano adjunto a este acuerdo, en el que las nuevas determinaciones comporten una mayor definición y concreción del régimen de usos urbanísticos, por el plazo de UN AÑO, con la posibilidad de otorgar las licencias basadas en el régimen vigente que sean compatibles con las determinaciones del nuevo régimen de usos inicialmente aprobado. Tercero.-Publicar este acuerdo en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de la Provincia, con un plazo de audiencia que, al coincidir parcialmente con el mes de agosto, será de dos meses contados a partir de la publicación, y en uno de los periódicos de mayor difusión provincial. Durante este período, el expediente estará a disposición de cualquier interesado en el Negociado de Planeamiento y Gestión Urbanística.
Contra el punto segundo de este acuerdo, que es definitivo en vía administrativa, se puede interponer, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación, recurso contencioso administrativo ante la Sala contenciosa administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya. Potestativamente, se puede interponer recurso de reposición, de acuerdo con el artículo 116 de la Ley 4/1999 que modifica la Ley 30/1992, ante el órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo.
Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición referido, se puede interponer recurso contencioso administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, en el plazo de dos meses a contar desde el siguiente dia de la recepción de la notificación de la desestimación, cuando ésta sea formulada de forma expresa, o en el plazo de seis meses a contar desde el dia siguiente al día en que el referido recurso de reposición se entienda desestimado de forma presunta.
Vilanova i la Geltrú, 3 de agosto de 2005.-El Secretario, Josep Gomariz Meseguer.
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