El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, en sesión celebrada el 28 de junio de 2005, en uso de las facultades que le confiere el artículo 40.5.ñ) de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Disposición Final Segunda de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de Servicios de los Puertos de Interés General, acordó autorizar la transferencia, de la concesión administrativa (C-990) de titularidad de Amarres Marítimos del Sur, Sociedad Anónima Laboral, a favor de Amarres Marítimos del Sur, Sociedad Limitada, con las siguientes condiciones específicas de tal concesión:
Ocupación de dominio público: 1.100 metros cuadrados.
Destino: Taller y almacén para las embarcaciones y vehículos del servicio de amarre y desamarre de buques. Plazo de vigencia: Hasta el 13 de septiembre de 2010. Tasas:
Ocupación privativa de dominio público: 2.346,94 euros/año.
Actividad: 1.284,63 euros/año. Servicios Generales: La establecida en el artículo 29 y en la Disposición transitoria sexta de la Ley 48/2003.
Lo que se publica para general conocimiento.
Huelva, 21 de julio de 2005.-El Presidente, José Antonio Marín Rite.
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