Esta Dirección del Puerto de Pasajes, de conformidad con lo establecido en el artículo 43.2 b) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, en su redacción dada por la Ley 62/1997, de 26 de diciembre, es competente para la incoación y tramitación de los expedientes sancionadores que se tramitan en el Puerto de Pasajes. En el Boletín Oficial del Estado número 239, de fecha 5 de octubre de 2000, y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa número 185, de fecha 28 de septiembre de 2000, se publicó la resolución de fecha 15 de septiembre de 2000, por la que se delegó en el Jefe de Operaciones Terrestres de la Autoridad Portuaria de Pasajes la competencia para la incoación y tramitación de los expedientes sancionadores que se tramiten, en relación con el estacionamiento y circulación de vehículos, en el Puerto de Pasajes. En virtud de lo expuesto y en aplicación de lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, sobre delegación de competencias, se adopta la presente Resolución:
Se revoca la resolución adoptada con fecha 15 de septiembre de 2000, por la que se delegó en el Jefe de Operaciones Terrestres de la Autoridad Portuaria de Pasajes la competencia para la incoación y tramitación de los expedientes sancionadores que se tramiten, en relación con el estacionamiento y circulación de vehículos, en el Puerto de Pasajes, delegando dicha competencia en el Jefe de Área de Planificación y Explotación.
La presente resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Oficial de Guipúzcoa.
Pasaia, 29 de diciembre de 2004.-El Director, Fdo.: Rafael L. Segura.-1.700.
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