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Documento BOE-B-2005-147100

Resolución del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expediente sancionador a la sociedad Comercial Arestex, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 147, de 21 de junio de 2005, páginas 5563 a 5563 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía y Hacienda
Referencia:
BOE-B-2005-147100

TEXTO

Por el presente anuncio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, y dado que intentada la notificación en el último domicilio conocido, ésta no ha podido ser efectuada, se notifica a la sociedad que el Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el apartado 1 del artículo 221 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónima, aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre, ha dictado, con fecha 9 de mayo de 2005, Acuerdo de Incoación de expediente sancionador, por el posible incumplimiento de la obligación, por parte de la entidad Comercial Arestex, S.L., de presentar, en plazo, para su depósito en el Registro Mercantil las cuentas anuales y documentación complementaria correspondientes a los ejercicios 2002 y 2003, establecida en la Sección Décima del Capítulo VII (artículos 218 a 222) del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre. Este hecho puede ser constitutivo de la infracción administrativa tipificada en el precitado apartado 1 del ar-tículo 221 de dicho texto normativo, el cual prevé la imposición de una sanción de multa, graduable según los parámetros y previsiones específicas contenidas en los apartados 2 y 3 del mismo artículo. A los efectos del régimen de recusación establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, la competencia para la instrucción de dicho expediente corresponde a funcionarios de este Instituto, cuyo nombre consta en el acuerdo de incoación íntegro.

La competencia para la resolución del expediente, conforme a lo preceptuado en el artículo 127.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como en el citado artículo 221 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas, corresponde a esta Presidencia. Dado que este Acuerdo no se publica en su integridad, de conformidad con la previsión del artículo 61 de la Ley 30/1992, se pone de manifiesto que, durante el plazo de quince días, a contar desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, o al último de exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento de Elda, si éste fuera posterior, la sociedad podrá acceder en la sede del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas -sito en la calle Huertas, número 26, Madrid- a todos los documentos que obren en el expediente, de los que podrá obtener las copias que estime convenientes, formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estimen pertinentes y, en su caso, proponer prueba concretando los medios de que pretendan valerse. Asimismo, en el supuesto de no presentarse alegaciones, y dado que el presente Acuerdo contiene un pronunciamiento preciso sobre la responsabilidad imputada, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución, debiendo entenderse, a tales efectos, por cada uno de los incumplimientos correspondientes a los dos ejercicios referidos, propuesta la imposición a la entidad inculpada de dos sanciones de multa por importe de 1.202,02 euros cada una, en función de la cifra de capital social de esta entidad que, según datos obrantes en el Registro Mercantil de su domicilio, asciende a 3.010,00 euros resultando una sanción, en su conjunto, por importe de 2.404,04 euros.

Madrid, 13 de junio de 2005.-El Subdirector General de Normas Técnicas de Auditoría, Alfonso Villanueva Liñán.

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