El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Pasajes, en su sesión de 28 de abril de 2005, en ejercicio de la competencia otorgada por el Art. 40.5 ñ) de la Ley 27/1992, de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, modificada por las Leyes 62/1997, de 26 de diciembre, y 48/2003, de 26 de noviembre, ha otorgado al «Departamento de Agricultura y Pesca del Gobierno Vasco» una concesión cuyas características principales son las siguientes:
Destino: Ocupación de una superficie de 198 metros cuadrados de lámina de agua más 60 metros cuadrados de cantil en el muelle de la Herrera para la instalación de pantalanes.
Plazo: Diez (10) años, prorrogable por quinquenios, hasta un máximo de veinticinco (25) años, salvo los derechos preexistentes y sin perjuicio de tercero.
Tasas: En virtud del titular y del objeto de la concesión, el concesionario está exento del pago de la tasa por ocupación privativa de dominio público, de la tasa por aprovechamiento especial del mismo en el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios y de la tasa por servicios generales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 48/2003, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general.
Pasaia, 6 de junio de 2005.-El Presidente, Fdo.: José Ignacio Espel Fernández.
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