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Documento BOE-B-2005-138147

Resolución del Ministerio de Fomento de fecha 30 de mayo de 2005, fijando fecha para el levantamiento de actas previas a la ocupación en el expediente de expropiación forzosa motivado por las obras del proyecto básico del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias: «Corredor Norte-Noroeste de Alta Velocidad. Eje: Ourense-Santiago de Compostela, Tramo: Lalín-Santiago. Subtramo: Lalín (Anzo)-Silleda (Carboeiro)». Expediente: 11GIF0407, en los términos municipales de Lalín, Silleda y Vila de Cruces.

Publicado en:
«BOE» núm. 138, de 10 de junio de 2005, páginas 5162 a 5162 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-138147

TEXTO

Finalizado el plazo de información pública abierto a efectos de subsanar posibles errores que hubieran podido producirse en la relación de bienes, derechos y propietarios afectados por el expediente de referencia, este Ministerio, en virtud de lo dispuesto en el art. 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, ha resuelto fijar para los días 28, 29 Y 30 de junio de 2005 en el Ayuntamiento de Lalín, para los días 5, 6 Y 7 de julio de 2005 en el Ayuntamiento de Silleda, y para los días 21 y 22 de julio de 2005 en el Ayuntamiento de Vila de Cruces, el levantamiento de las actas previas a la ocupación de los bienes y derechos de necesaria utilización para las obras, situados en los términos municipales de Lalín, Silleda y Vila de Cruces. Independientemente de la citación de carácter personal, que se realizará a cada uno de los titulares de los bienes y derechos afectados, según lo establecido en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa, se expondrán las relaciones completas de los mencionados propietarios en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, así como en dos periódicos de máxima difusión en la provincia. Dicho trámite será iniciado en los Ayuntamientos de Lalín, Silleda y Vila de Cruces, en los días indicados, donde deberán comparecer los interesados con los documentos que acrediten tanto su identidad como la titularidad de los bienes y derechos que se expropian, tal y como establece el art. 3 de la LEF.

Madrid, 30 de mayo de 2005.-La Ministra, P. D. El Director general de Ferrocarriles (Orden FOM/3564/2004, 19-10-04, BOE 3-11-04). Fdo.: Luis de Santiago Pérez.

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