El Tribunal Económico-Administrativo Central, en Sala, en la reclamación económico-administrativa promovida por Soluziona Ingeniería, S. L. U. (continuadora de Soluciona Ingeniería, S. A.), contra liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido (expediente sancionador) de 1997, 1998 y 1999, practicada por la Oficina Nacional de Inspección, acuerda desestimarla, confirmando el acto impugnado.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar del día siguiente a la fecha de este Edicto.
Madrid, 25 de mayo de 2005.-Antonio Longás Lafuente, Vocal.
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