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Documento BOE-B-2005-127031

Resolución del Coronel Jefe del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil. sobre la notificación al Guardia Civil don Ala Dine Ahmed Hammu para el reintegro del percibo de haberes.

Publicado en:
«BOE» núm. 127, de 28 de mayo de 2005, páginas 4616 a 4616 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2005-127031

TEXTO

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, conforme a la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero de 2000, y no habiendo sido posible notificar a don Ala Dine Ahmed Hammu (45.285.285-X) el Acuerdo de 24 de febrero de 2005, relativo al reintegro de pagos indebidos, y cuyo texto completo es el siguiente: En cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, una vez efectuado el trámite y seguir el procedimiento indicado en el citado artículo, al haber sido rechazada la recepción de la notificación del inicio del expediente iniciado al Guardia Civil don Ala Dine Ahmed Hammu (45.285.285-X), con motivo del percibo indebido de la cantidad de mil doscientos treinta y seis euros con ocho céntimos (1.236,08 euros), percibida en concepto de haberes, en el período comprendido entre el 27 de julio de 2004 al 31 de agosto de 2004, en cumplimiento de la Orden 160/13922/04, de 21 de agosto (B.O.E. n.º 175) de fecha 6 de septiembre de 2004, por la que pierde la condición de Guardia Civil y de militar de carrera de la Guardia Civil, desde el 13 de abril de 2004, habiéndole sido notificado el 27 de julio de 2004. Acuerdo declarar que la cantidad de mil doscientos treinta y seis euros con ocho céntimos (1.236,08 euros) percibidas por el ex-Guardia Civil don Ala Dine Ahmed Hammu (45.285.285-X) en concepto de haberes, durante el período comprendido entre el 27 de julio de 2004 y el 31 de agosto de 2004, tiene la consideración de ingresos indebidos. Voluntariamente puede reintegrarla al Tesoro Público, remitiendo fotocopia compulsada al Servicio de Retribuciones, caso de hacer efectivo el ingreso con el objeto de cancelar el procedimiento de reintegro que dispone la Orden ministerial de 10 de mayo de 1989 (BOE núm. 135). Consecuentemente deberá ingresar el expresado importe pago en la Delegación de Hacienda correspondiente a su domicilio fiscal (domicilio fiscal del interesado, calle Maestro Palau, n.º 7, 2.º, 1.ª, 46920 Mislata, Valencia). Al mismo tiempo se comunica que en el plazo de un mes, contado a partir del siguiente al de la recepción de esta notificación, podrá interponer recurso de alzada. Dicho escrito será presentado o remitido a cualquiera de los Registros u Oficinas a que hace referencia al artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Boletín Oficial del Estado n.º 27) y, preferentemente, por razones de mayor agilidad a la Subdirección General de Personal Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil (carretera de Andalucía, Km. 25,500, 28340 Valdemoro, Madrid), aportando las pruebas necesarias para corroborar su recurso de alzada.

Lo que se comunica para su conocimiento y efectos oportunos.

Valdemoro, 16 de mayo de 2005.-Tte. Coronel Jefe accidental del Servicio de Retribuciones de la Guardia Civil, Fausto Gallego González.

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