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Documento BOE-B-2005-116081

Anuncio del Ayuntamiento de Camargo de subasta sobre derechos concesionales de bienes inmuebles.

Publicado en:
«BOE» núm. 116, de 16 de mayo de 2005, páginas 4161 a 4161 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Administración Local
Referencia:
BOE-B-2005-116081

TEXTO

Autorizada en fecha 4 de abril de 2005, la subasta de los derechos concesionales sobre los bienes inmuebles del deudor a la Hacienda Municipal Marina de Santander, S. A., embargados por diligencias de fechas 2-11-99, 26-11-01, 8-03-03 y según lo dispuesto en el artículo 146.1 del Reglamento General de Recaudación aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre (BOE 3-01-91), se dispone la venta en pública subasta de los derechos concesionales de los bienes del deudor Marina de Santander, S. A., con C.I.F. A78585239, que a continuación se describen:

Número Uno.-Parcela de terreno designada en el Estudio de Detalle con la letra A, situada en el borde oriental de la denominada zona A de la alineación norte de la superficie emergida de la Concesión Administrativa en donde se ubica el puerto deportivo de base o invernada en la bahía de Santander en término municipal de Camargo, junto al Aeropuerto de Parayas, con una supuerficie de cuatro mil ciento sesenta y seis metros cuadrados según planeamiento, si bien realmente de tres mil novecientos cuarenta metros cuadrados por haber cedido en beneficio de viales y dársena doscientos veintiséis metros cuadrados como concecuencia de las obras de infraestructura de la concesión. Linda: al sur, en línea recta de diez metros con la finca número trece, en línea recta de setenta metros con paso de circulación paralelo al muelle norte; al oeste, en línea recta de veinticuatro metros y veinticinco centímetros con la finca número dos, y al norte y este, en línea curva con paso de circulación paralelo al trazado exterior del contradique.

Inscrita en el Registro de la Propiedad número 2, Ayuntamiento de Camargo, al libro 327, folio 183, finca 38750. Tipo de subasta en primera licitación: Un millon doscientos veintidos mil quinientos (1.222.500,00) euros. Número Dos.-Parcela de terreno designada en el Estudio de Detalle con la letra B, situada en el Norte de la denominada zona A de la alineación norte de la superficie emergida de la concesión administrativa en donde se ubica el puerto deportivo de base o invernada en la bahía de Santander, en el término municipal de Camargo, junto al Aeropuerto de Parayas, con forma de trapecio irregular, con una superficie de dos mil seiscientos setenta y tres metros cuadrados según planeamiento, si bien realmente de dos mil quinientos ochenta y nueve metros cuadrados como consecuencia de las obras de infraestructura de la concesión. Linda al este, en línea de cincuenta y dos metros y veinticinco centímetros con la finca número uno; al sur, en línea recta de veintinueve metros, con la finca número tres; al oeste, en línea recta de cuarenta y tres metros treinta y cinco centímetros con la finca número tres, y en línea recta de treinta y dos metros sesenta y siete centímetros con la calle de acceso, y al norte, en línea curva de senta y tres metros, con paso de circulación paralelo al trazado exterior del contradique. Inscrita en el Registro de la Propiedad n.º 2, Ayuntamiento de Camargo al libro 327, folio 184, finca 38752. Tipo de subasta en primera licitación: Cuatrocientos veintidos mil quinientos (422.500,00) euros. La celebración de la subasta tendrá lugar el día 21 de junio de 2005, a las 12 horas en el Salón de Plenos del Ilmo. Ayuntamiento de Camargo. En cumplimiento del mencionado artículo 146 del Reglamento General de Recaudación, se pública el presente anuncio y se advierte a las personas que deseen licitar en la subasta lo siguiente:

1. Podrán tomar parte como licitadores en la enajenación todas las personas que tengan capacidad de obrar con arreglo a derecho y no estar incursos en ningún supuesto de impedimento legal. Asimismo, deberán identificarse por medio de D.N.I. y justificar en su caso, la representación que ostenten.

2. Todo licitador deberá constituir ante la Mesa de la subasta el preceptivo depósito de garantía en metálico o cheque conformado extendido a favor del Ilmo. Ayuntamiento de Camargo por cuantía no inferior al 20 por 100 del tipo de subasta. Este depósito se ingresará en firme en las arcas municipales si los adjudicatarios no satisfacen el precio del remate, sin perjuicio de las responsabilidades en que incurriran por los mayores perjuicios que sobre el importe del depósito origine la inefectividad de la adjudicación. 3. La subasta se suspenderá, en cualquier momento anterior a la adjudicación de los bienes, si se hace el pago de la deuda, intereses y costas del procedimiento. 4. El rematante deberá entregar en el acto de adjudicación de los bienes o dentro de los cinco días siguientes, la diferencia entre el depósito constituido y el precio de adjudicación. 5. Los licitadores habran de conformarse con los títulos de propiedad que, en su caso, se hayan aportado al expediente o las certificaciones supletorias que consten, no teniendo derecho a exigir otros. Dichos títulos podrán ser examinados en la Oficina de Recaudación, hasta el día anterior al de la celebración de la subasta. En el supuesto de que no estuvieran inscritos los bienes en el Registro de la Propiedad, la escritura de adjudicación es título bastante mediante el cual se puede hacer la inmatriculación en los plazos previstos en el artículo 199.b) de la Ley Hipotecaria, y en todos aquellos casos en que sea necesario se habrá de proceder, si les interesa, como dispone el Título VI de la mencionada Ley. 6. En el caso de que no se enajenara la totalidad o parte de los citados bienes en primera licitación, la Mesa podrá optar en el mismo acto de aquella, por celebrar una segunda licitación. Decidida su procedencia, lo anunciará de forma inmediata y fijará un tipo de subasta, que será el 75 por 100 del que rigio en primera licitación. Con independencia o no de que se celebre la segunda licitación, la Mesa podrá acordar la iniciación del trámite de adjudicación directa, que se llevará a cabo dentro del plazo de seis meses, de conformidad con el artículo 150 del Reglamento General de Recaudación. 7. Se admitirán ofertas en sobre cerrado hasta una hora antes del inicio de la subasta. dichas ofertas, deberán ser registradas en el Registro General de este Ayuntamiento, tendrán el carácter de máximas y deberán iracompañadas de cheque conformado extendido a favor del Ilmo. Ayuntamiento de Camargo por el importe del depósito. 8. En el supuesto de concurrencia de varias ofertas en sobre cerrado, comenzará la admisión de posturas a partir de la segunda más alta de aquéllas, y será adjudicataría la postura más alta por el tramo superior a la segunda en el caso de no exitir otras ofertas. 9. La devolución a los licitadores no adjudicatarios, que efectuaron su oferta en sobre cerrado, se hará por medio de cheque extendido por el Tesorero y a cargo de la cuenta del Ilmo. Ayuntamiento de Camargo. 10. El valor de las pujas será de 1.500,00 euros. Este valor podrá ser incrementado por la mesa de acuerdo con el artículo 148.4 del Reglamento General de Recaudación. 11. Las cargas y gravamenes anteriores y preferentes, en su caso, y otras situaciones jurídicas quedrán subsistentes, entendiendo que el adjudicatario las acepta y queda subrogado en la responsabilidad de aquellas sin aplicar a su extinción el precio del remate.

Advertencias: Los posibles acreedores hipotecarios, desconocidos, se tendrán por notificados con plena virtualidad legal con la publicación del presente anuncio, así como también los otros interesados en el expediente.

La notificación al deudor, se entenderá efectuada, a todos los efectos legales, por medio de la publicación del presente edicto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 146.4 del Reglamento General de Recaudación. Quedando advertido que contra este acto de gestión recaudatoría podrá interponer recurso de reposición ante la Sra. Alcaldesa Presidenta del Ilmo. Ayuntamiento de Camargo en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la públicación del presente edicto en el Boletín Oficial de Cantabria, sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente. El procedimiento de apremio, aunque se interponga recurso, solamente se suspenderá en los términos y condiciones señalados en el artículo 101 del Reglamento General de Recaudación. Sin perjuicio de todo cuanto antecede, el pago de los débitos puede efectuarse en la Oficina Municipal de Recaudación en cualquier momento del procedimiento ejecutivo.

En todo lo no previsto en este edicto se estará a lo preceptuado en las disposiciones legales que regulen el acto de la subasta y confieran algún derecho a favor de terceros.

Camargo, 29 de abril de 2005.-El Tesorero, Juan Carlos Herbosa San Juan.

ANÁLISIS

Tipo:
Subasta
Ámbito geográfico:
Cantabria
Materias:
236 Servicios inmobiliarios,
Observaciones:
Varios lotes de servicios.

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