«Este Tribunal Economico Administrativo Central, en Sala, en el recurso extraordinario de revisión interpuesto por don Doroteo Sánchez-Ferrer Gómez-Lanzas, en nombre y representación de Comercial Sánchez-Ferrer de Navahermosa, S. L., contra resolución de sanción por infracción tributaria simple dictada por la Administración de Toledo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, de fecha 9 de septiembre de 2002, referente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, ejercicio 1999, tercer trimestre, acuerda: Declarar la nadmisibilidad del presente recurso extraordinario de revisión.»
Lo que notifico reglamentariamente a Vd., advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía económico-administrativa puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso -Administrativo de la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de la publicación del presente Anuncio.
Sin perjuicio del recurso de anulación previsto en el artículo 239.6 de la LGT 58/2003.
Madrid, 29 de abril de 2005.-El Vocal, Conrado Montesinos Jaén.
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