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Documento BOE-B-2005-111068

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao sobre actualización de los Pliegos del Servicio de Estiba y Desestiba y Trincaje de Buques en el Puerto de Bilbao (Artículo 65.3 Ley 48/2003, de 26 de noviembre).

Publicado en:
«BOE» núm. 111, de 10 de mayo de 2005, páginas 3939 a 3939 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2005-111068

TEXTO

En la sesión del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Bilbao celebrada el día 15 de abril de 2.005 a la vista del informe favorable de Puertos del Estado y de la Dirección en el marco de lo dispuesto en el artículo 2 del Real Decreto 3/2005, de 18 de febrero por el que se adoptan medidas en relación con la prestación de servicios portuarios básicos y se amplía el plazo para la transformación de las Sociedades Estatales de Estiba y Desestiba en Agrupaciones Portuarias de Interés Económico, el órgano de gobierno aprobó por unanimidad la actualización del Pliego de Cláusulas de Explotación del Servicio Público de Estiba y Desestiba de Buques y Trincaje en el Puerto de Bilbao aprobado al amparo de lo dispuesto en el artículo 67.3 de la Ley 27/92 de 24 de noviembre, en lo relativo a las exigencias de tráfico mínimo e inversiones en equipamiento, así como respecto al nuevo régimen económico dispuesto en la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, a los efectos señalados en el citado Real Decreto.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa a tenor de lo dispuesto en el artículo 109 c) de la Ley 4/99, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, puede interponerse recurso de reposición con carácter potestativo en el plazo de un mes al amparo del artículo 116 del citado cuerpo legal, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la notificación al interesado de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8-3.º en relación con el artículo 10-1.º J) y 46 de la Ley 29/98, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que se formule cualquier otro recurso que estime procedente.

Bilbao, 18 de abril de 2005.-El Presidente, José Ángel Corres Abásolo.

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