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Documento BOE-B-2005-100084

Anuncio de la Demarcación de Costas en Galicia sobre notificación de la Orden ministerial de 28 de junio de 1999 y de 8 de mayo de 2003 aprobando el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos dos mil seiscientos diez metros de longitud, comprendido desde el límite del término municipal de A Pobra do Caramiñal hasta el inicio de la playa de Barraña, excluido el Puerto de Escarabote, en el término municipal de Boiro (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 100, de 27 de abril de 2005, páginas 3604 a 3604 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2005-100084

TEXTO

La Demarcación de Costas en Galicia, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, practica las siguientes notificaciones, para conocimiento y demás efectos, a aquellos titulares de fincas colindantes con el dominio público marítimo-terrestre a los que intentada la notificación, no se ha podido practicar:

Disco Ritmo Chico O Panadeiro, Bao s/n, 15930 Boiro, A Coruña.

Rafael Fernández Sánchez, Cobo, 19 (Lampon), 15930 Boiro, A Coruña. José M. Miguens Muñiz, Escarabote 122, 15930 Boiro, A Coruña. Andrés Miguens Ríos, Escarabote (Lampon), 15930 Boiro, A Coruña. José Pérez Muñiz, Costadal 130 (Escarabote), 15930 Boiro, A Coruña. Francisco Pérez Pérez, Escarabote 196 (Lampon), 15930 Boiro, A Coruña. Alejandro San Isidro Romero, Pozo de Barraña 62, 15930 Boiro, A Coruña.

Y a todos aquellos interesados en el expediente que pudieran resultar desconocidos, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 1471/1989, de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General para desarrollo y ejecución de la Ley de Costas, modificado parcialmente por el Real Decreto 1112/1992, de 18 de septiembre, se les notifica la Orden de aprobación del deslinde, Orden de 28 de junio de 1999 y de 8 de mayo de 2003.

Esta Dirección General, por delegación de la Excma. Sra. Ministra y de conformidad con el Servicio Jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el acta del 14 de marzo de 1997 y los Planos de abril y diciembre de 1997 (planos 4, 5, 8, 9, 11 y 12), en los que se define el deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa de unos 2.610 metros de longitud, comprendido desde el límite del término municipal de A Pobra do Caramiñal hasta el inicio de la playa de Barraña, excluido el puerto de Escarabote, en el término municipal de Boiro.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas en Galicia que inicie las actuaciones conducentes a rectificar las situaciones jurídicas registrales contradictorias con el deslinde aprobado. III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar la correspondiente concesión a aquellos titulares de terrenos que pudieran acreditar su inclusión en alguno de los supuestos contemplados en la Disposición Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas. Transcurrido dicho plazo sin que algún titular de derechos reconocidos en los apartados 1.º y 4.º de la referida disposición hiciera uso del derecho que le confieren tales normas, el Servicio Periférico iniciará de oficio el procedimiento para su otorgamiento conforme a lo dispuesto en las disposiciones transitorias 1.ª 2 y 4.ª 2 del Reglamento de Costas.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse con carácter potestativo recurso de reposición en el plazo de un (1) mes ante la Excma. Sra. Ministra de Medio Ambiente o, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente a la práctica de la notificación de la presente resolución.

A Coruña, 15 de marzo de 2005.-El Jefe de la Demarcación de Costas en Galicia, Rafael Eimil Apenela.

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