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Documento BOE-B-2004-91076

NOTARÍA DE DON MIGUEL MILLÁN GARCÍA

Publicado en:
«BOE» núm. 91, de 15 de abril de 2004, páginas 3291 a 3291 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2004-91076

TEXTO

Don Miguel Millán García, Notario del Ilustre

Colegio Notarial de las Islas Canarias, con residencia

en la ciudad de Icod de los Vinos,

Hago constar: Que en el procedimiento de juicio

ejecutivo seguido en el Juzgado de Primera Instancia

número 2 de Icod de los Vinos, con el número

52/1991, a instancia de don Jesús Manuel Pérez

Benítez, contra don Pablo Tomás Díaz Pailot y doña

Biergit Mielenhausen, se ha acordado sacar a subasta

pública notarial los bienes que se describen a

continuación: Bienes que se sacan a subasta: 4.214

participaciones sociales de la mercantil

"Construcciones y Promociones Valois, S. L.", de la 1 a la 1.500

y de la 8.807 a la 11.520.

Consta inscrita en el Registro Mercantil de Santa

Cruz de Tenerife al tomo 653, folio 32, hoja Tf-420.

Valor de tasación: 281.537,34 euros.

Lugar, fecha y hora: En la sede de esta Notaría,

sita en la calle el Durazno, número 45, por primera

vez, el día 2 de junio de 2004, a las 17:00 horas,

en su caso por segunda vez, el día 2 de julio de

2004, a las 17:00 horas, y en su caso, por tercera

vez, el día 2 de agosto de 2004, a las 17:00 horas.

Condiciones de las subastas: 1. Los licitadores

deberán identificarse de forma suficiente. 2. Los

licitadores deberán presentar resguardo acreditativo

de que han depositado en la Cuenta Depósitos y

Consignaciones del Juzgado de Primera Instancia

número 2 de Icod de los Vinos o que prestado

aval bancario por una cantidad no inferior al 20

por ciento del tipo de cada subasta y para la tercera

no inferior al 20 por ciento de la segunda, a

excepción del ejecutante. 3. El tipo de subasta será,

para la primera vez, el valor de tasación, para la

segunda el 75 por 100 del valor de tasación, para

la tercera no habrá sujeción a tipo. No admitiéndose

posturas en la primera y segunda inferiores a los

dos tercios del tipo. 4. Sólo el ejecutante podrá

hacer postura reservándose la facultad de ceder el

remate a un tercero. 5. Desde el anuncio de las

subastas hasta su celebración, podrán hacerse las

posturas por escrito en pliego cerrado y con las

condiciones expresadas anteriormente,

depositándose en la Notaría acompañando el resguardo

preceptivo.

Icod de los Vinos, 2 de abril de 2004.-El Notario,

Miguel Millán García.-13.277.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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