Contido non dispoñible en galego
El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión,
interpuesto por don Luis Miguel Perry, contra
liquidación paralela por IRPF del año 1996 y diligencia
de embargo por la Unidad de Recaudación Ejecutiva
de la Delegación de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria de Valladolid, Acuerda:
Declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de esta notificación.
Madrid, 31 de marzo de 2004.-El Vocal Jefe
de la Sección 11.a, Francisco J. Palacio Ruiz de
Azagra.-13.114.
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