Contido non dispoñible en galego
Se pone en conocimiento de los propietarios de
los depósitos constituidos en efectivo con el carácter
de necesarios que a continuación se indican que
se va a proceder a formalizar el oportuno expediente
de prescripción por abandono de los mismos a fin
de dar cumplimiento a lo dispuesto en el Reglamento
de la Caja General de Depósitos aprobado por Real
Decreto 161/1997, y en la Orden del Ministerio
de Hacienda de 9 de enero de 1970. Por lo expuesto,
se advierte a los interesados que, sin en el plazo
de un mes, a contar desde la publicación de este
anuncio no se ha presentado reclamación alguna
en la Caja General de Depósitos (Paseo del Prado,
número 4, 28014 Madrid), se declararán
abandonados a favor del Tesoro Público y Prescritos los
citados depósitos.
Madrid, 29 de marzo de 2004.-La Directora
general, P. D. (Resolución de 13 de marzo de 1958),
la Subdirectora General de Gestión de Cobros y
Pagos del Estado, P. S. (Resolución de 28 de julio
de 2000), la Subdirectora General Adjunta de
Gestión de Cobros y Pagos del Estado, María Ángeles
Bartolomé Codesido.-12.123.
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