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Documento BOE-B-2004-87034

Anuncio del Departamento de Industria, Comercio y Turismo, Delegación Territorial de Tarragona, referente a información pública sobre una instalación eléctrica del parque eólico del Motarro, en el término municipal de Vandellòs y L'Hospitalet de L'Infant.

Publicado en:
«BOE» núm. 87, de 10 de abril de 2004, páginas 3137 a 3137 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-B-2004-87034

TEXTO

La empresa Eòlica del Montalt, S. L, con

domicilio social en la c. Travessera de Gràcia, 66, 1.o 2.a,

Barcelona (Barcelonès), solicitó ante esta

Delegación Territorial del Departamento de Industria,

Comerció y Turismo la autorización administrativa

y aprobación de proyecto del parque eólico del

Motarro, en el término municipal de Vandellós i

l'Hospitalet de l'Infant.

Este parque eólico dispone de la condición de

instalación de producción eléctrica en régimen

especial, otorgada por la Resolución del director general

de Energía y Minas de 29 de febrero de 2000, de

acuerdo con el Real decreto 2818/1998, de 23 de

diciembre, sobre producción de energía eléctrica por

instalaciones abastecidas por recursos o fuentes de

energía renovables, residuos y cogeneración, y el

Decreto 308/1996, de 2 de septiembre, sobre

procedimiento administrativo para la autorización de

instalaciones de producción de energía eléctrica en

régimen especial en Cataluña.

La legislación aplicable a estas instalaciones es,

básicamente, la siguiente: Ley 54/1997, de 27 de

noviembre, del sector eléctrico; Real Decreto

2818/1998, de 23 diciembre, sobre producción de

energía eléctrica para instalaciones abastecidas por

recursos o fuentes de energía renovables, residuos

y cogeneración; Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre, sobre procedimientos de autorización de

las instalaciones de producción, transporte y

distribución de energía eléctrica; Decreto 174/2002,

de 11 de junio, regulador de la implantación de

la energía eólica en Cataluña; Ley 3/1998, de 27

de febrero, de la intervención integral de la

administración ambiental, Decreto 136/1999, de 18 de

mayo, que aprueba el Reglamento de la Ley 3/1998;

Decreto 114/1988, de 7 abril, de evaluación de

impacto ambiental; Ley 6/2001, de 8 de mayo, de

modificación del Real Decreto Legislativo

1302/1986, de 28 de junio, de evaluación de

impacto ambiental. En el caso de instalaciones que

iniciaron su tramitación con anterioridad al 16 de

enero de 2001, fecha de entrada en vigor del Real

Decreto 1955/2000, es de aplicación el Decreto

2617/1966, de 20 de octubre, sobre autorización

de instalaciones eléctricas, así como el Decreto

2619/1966, de 20 octubre, por el que se aprueba

el Reglamento de la Ley 19/1966, de 18 de marzo,

sobre expropiación forzosa y sanciones en materia

de instalaciones eléctricas.

En cumplimiento de los trámites que establecen

las disposiciones indicadas, la solicitud de

autorización de esta instalación fue sometida a un periodo

de información pública mediante anuncio publicado

en el D.O.G.C núm. 3472, de 13-9-2001, en el

B.O.E. núm 215, de 7-9-2001 y en el Diari de

Tarragona de 7-9-2001.

Las alegaciones recibidas de tipo mediambiental

se remitieron al Departamento de Mediambiente.

Asimismo, de acuerdo con la normativa

mencionada, se solicitó informe al conjunto de organismos

afectados: Ayuntamiento de Vandellòs i l'Hospitalet

de l'Infant, el cual informo desfavorablemente sobre

la autorización administrativa y a la aprobación del

proyecto.

El 4-3-2003 la subdirección General Industria,

Comercio y Turismo en Tarragona resolvió denegar

la autorización administrativa.

El 17/10/2003 la Dirección General de Calidad

Ambiental del Departamento de Medio Ambiente

informa favorablemente sobre la declaración

impacto ambiental.

La empresa Eòlica del Montalt, S. L., interpone

recurso de alzada a la Resolución denegatoria a

la autorización administrativa dictada por la

subdirección General de Industria, Comercio y Turismo

a Tarragona, ante la Dirección General de Energía

y Minas, la cual resuelve estimarlo y otorgar a la

empresa Eòlica del Montalt, S. L., la autorización

administrativa del parque eòlico del Motarro, de

2,64 MW de potencia y de las instalaciones eléctricas

de interconexión a 25 KV en el término municipal

de Vandellós i l'Hospitalet de l'Infant.

El beneficiario Eòlica del Montalt, S. L., tendrá

que presentar en el periodo máximo de 6 meses

el proyecto de ejecución tanto del parque como

de las líneas de interconexión y de evacuación a

la red de distribución a 25 kV, adecuarse a los

condicionantes técnicos que se establecen a los

Reglamentos de aplicación como son el Reglamento

de líneas eléctricas aéreas de alta tensión, aprobado

por el Real decreto 3151/1968, de 28 de noviembre,

y el Reglamento sobre condicionantes técnicos y

cuestiones de seguridad en centrales eléctricas,

subestaciones y centros de transformación e ITC's

complementarias según el Real Decreto 3275/1982,

de 12 de noviembre, y la Orden de 6 de julio de 1984.

La Administración dejará sin efecto esta

autorización administrativa por las causas que establece

el artículo 34 del Decreto 1775/1967, de 22 de

julio, y en el supuesto de incumplimiento, por parte

del titular de la instalación, de las condiciones que

ésta impone.

En este supuesto, la administración, previa

instrucción del expediente correspondiente, acordará

la revocación de la autorización, con todas las

consecuencias de orden administrativo y civil que se

deriven según las disposiciones legales vigentes.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de

terceros y es independiente de las autorizaciones o

licencias que son competencia de otros organismos

o entidades públicas necesarias para realizar las

obras y las instalaciones aprobadas.

Tarragona, 27 de febrero de 2004.-Jaume

Femenia i Signes, Subdirector general (Disposición

transitoria segunda del Decreto 68/2004, de 20 de

enero).-&12.166.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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