En cumplimiento de la obligación legal contenida
en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, se notifica a don Miguel Sanjorge Berenguer,
con D.N.I. 31.382.318-Z, con último domicilio
conocido en Calle Gran Canaria, puerta 128, 1.o
A, Plaza El Fraile (Tenerife), el extracto de la
resolución dictada en procedimiento de reintegro por
pagos indebidos en la nómina de la Armada relativo
al interesado, por los motivos siguientes:
Concepto del pago indebido: el interesado
percibió un exceso en la paga extra de verano que
no le correspondía, por haber estado en situación
de licencia sin sueldo desde el 1 de enero hasta
el 1 de abril de 2002, y, a partir de esa fecha,
en situación de excedencia voluntaria.
Fecha de la nómina del pago indebido: enero
de 2003.
Importe total a reintegrar por pago indebido:
148,84 euros.
Por lo expuesto, de conformidad con el
artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre
y en virtud de las competencias atribuidas a esta
Dirección en el punto 5 de la Orden del Ministerio
de Defensa 22/1991, he resuelto anular la nómina
correspondiente al mes de enero de 2003, en lo
que afecta exclusivamente al pago indebido
producido y, en consecuencia, declaro indebido el pago
de ciento cuarenta y ocho euros con ochenta y
cuatro céntimos (148,84) percibidos por el interesado.
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa y contra la misma podrá interponerse
recurso potestativo de reposición ante mi Autoridad,
en el plazo de un mes, o bien recurso
contenciosoadministrativo ante el Juzgado Central de lo
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses,
en ambos casos a contar desde el día siguiente en
que la misma le sea notificada.
El expediente del presente procedimiento se
encuentra a disposición del interesado en la Sección
de Retribuciones de la Dirección de Asuntos
Económicos de la Armada, Calle Juan de Mena, 1,
28014 Madrid.
Madrid, 24 de marzo de 2004.-Por delegación
del Ministro de Defensa (O.M. 4/1996, de 11 de
enero BOE 16), el Director de Asuntos Económicos
de la Armada, D. Pedro Fernández
Estalayo.-11.217.
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