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Documento BOE-B-2004-75036

Anuncio Tribunal Económico-Administrativo Central, por el que se hace pública la notificación del expediente R.G. 3759-00 Pto 45-04, en reclamación interpuesta por don Pedro Hernández Mora Belmar, en representación de "Libatex, Sociedad Anónima".

Publicado en:
«BOE» núm. 75, de 27 de marzo de 2004, páginas 2716 a 2716 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-B-2004-75036

TEXTO

El Tribunal Económico-Administrativo Central,

en Sala, en el recurso interpuesto ante este Tribunal

por don Pedro Hernández Mora Belmar, con

domicilio a efecto de notificaciones en Madrid, calle

Rafael Calvo, 18 en representación de Libatex

Sociedad Anónima contra resolución del Tribunal

Económico-Administrativo Regional de Madrid, de

fecha 28 de febrero de 2000, dictada en el expediente

de reclamación n.o 46/8436/96, relativa al Impuesto

sobre Sociedades, ejercicio 1993 liquidación

procedente de Acta A02 de disconformidad,

ascendiendo su cuantía a 70.149,23 euros (11.671.849

pesetas), Acuerda: Estimarlo parcialmente, anulando la

resolución impugnada y adoptándose una nueva

liquidación en los términos que recoge el

Fundamento de Derecho Quinto.

Lo que notifico reglamentariamente a usted,

advirtiéndole que contra esta resolución, definitiva en

vía económico-administrativa, puede interponer

recurso contencioso-administrativo ante la Sala de

lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia

Nacional en el plazo de dos meses a contar del

día siguiente a la fecha de esta notificación.

Caso de que la deuda hubiera estado suspendida

y del presente fallo resultase una cantidad a ingresar

sin necesidad de nueva liquidación, será de

aplicación lo dispuesto en el artículo 20.8 del

Reglamento General de Recaudación, debiendo

procederse al pago de la deuda en los plazos siguientes,

según la fecha en que esta resolución se haya

notificado:

Si lo ha sido entre los días 1 y 15 del mes, hasta

el 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

Si lo ha sido entre los días 16 y último de cada

mes, hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato

hábil posterior.

Madrid, 16 de marzo de 2004.-La Vocal Jefe,

Inmaculada Díaz Yanes.-10.026.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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