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Documento BOE-B-2004-74058

Resolución del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Huelva, por la que se aprueba el coeficiente corrector aplicable a las tasas del buque, pasaje y mercancía.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 26 de marzo de 2004, páginas 2676 a 2676 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2004-74058

TEXTO

El artículo 26 de la Ley 48/2003, de 26 de

noviembre, de Régimen Económico y de Prestación de

Servicios de los Puertos de Interés General,

determina que cada Autoridad Portuaria, para potenciar

la competitividad de los puertos, garantizar el nivel

de autofinanciación y favorecer el ajuste de sus

ingresos a las desviaciones de su estructura de costes

asociada a las infraestructuras portuarias, respecto

de la media del Sistema Portuario, aplicará

anualmente a las cuotas de las tasas del buque, del pasaje

y de la mercancía, en función de la rentabilidad

de explotación, un coeficiente corrector idéntico

para todas ellas entre 0,85 y 1,15 de acuerdo con

los criterios determinados en la Ley. Dichos

coeficientes son aprobados por los Consejos de

Administración de cada Autoridad Portuaria, conforme

a lo acordado en los correspondientes Planes de

Empresa, teniendo en cuenta, entre otros criterios,

las necesidades de inversión, el nivel de

endeudamiento, la mejora de la eficiencia, la previsible

evolución de la demanda y el objetivo anual de

rentabilidad definido para cada Autoridad Portuaria.

En aplicación de dicho precepto legal, el Consejo

de Administración de la Autoridad Portuaria, en

sesión celebrada el día 19 de diciembre de 2003,

a la vista de la propuesta formulada por la Dirección,

ha acordado aplicar un coeficiente corrector de 1

a las cuotas de las tasas del buque, del pasaje y

de la mercancía para el ejercicio 2004, de

conformidad con lo definido en el artículo 26 de la Ley

48/2003, de 26 de noviembre.

Contra el presente Acuerdo, que agota la vía

administrativa, de acuerdo con lo preceptuado en el

artículo 109.c) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

según nueva redacción dada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, los interesados podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, a tenor de lo

dispuesto en el artículo 116 de la precitada Ley

30/1992, de 26 de noviembre, ante el Tribunal

Superior de Justicia de Andalucía, sede de Sevilla, por

razón de la materia conforme a lo dispuesto en

el artículo 8.3 y 10.1.j) de la Ley 29/1998, reguladora

de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en

el plazo de dos meses contados a partir del día

siguiente al de publicación del presente Acuerdo.

Huelva, 12 de marzo de 2004.-El Presidente del

Consejo de Administración, Jenaro

García-Arreciado.-9.660.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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