Por Resolución del Excmo. Sr. Ministro del
Departamento de fecha 6 de noviembre de 2002,
se resolvió el recurso interpuesto contra la
Resolución dictada por la Subsecretaría el 22 de octubre
de 2001 por la que se resolvió el concurso de
expendedurías generales de tabaco y timbre convocado
por Resolución de la misma Subsecretaría de 3 de
abril de 2001 en cuanto al Polígono de
Empuriabrava (Girona), Código de Polígono 17047011.
En la mencionada Resolución Ministerial se
adoptó el siguiente acuerdo:
"1.o Estimar parcialmente los recursos
interpuestos por don Alberto Mallol Col y por doña
Josefina de Batlle Tuebols;
2.o Desestimar el recurso interpuesto por don
Víctor Casadesús Fa, declarando, por las razones
expuestas, la inadmisibilidad a concurso de su
oferta; y
3.o Declarar sin efecto la concesión provisional
acordada en favor del don Juan Manzano García;
ordenando respecto del resto de concurrentes a la
concesión que se debate la retroacción de las
actuaciones al momento de valoración de los criterios
de adjudicación, siguiendo, respecto de aquellas
otras candidaturas, el procedimiento concerniente
a la concreta adjudicación de la expendeduría a
otorgar en ``Empuriabrava (Girona)'', conforme a
su normativa rectora."
Declarada sin efecto la adjudicación otorgada a
D. Juan Manzano García respecto de la
expendeduría convocada en el Polígono de Empuriabrava
y recibida comunicación del Comisionado para el
Mercado de Tabacos de haberse llevado a efecto
el trámite procedimental ordenado sobre retroacción
de actuaciones en la que formaliza su propuesta
previo informe favorable de su Comité Consultivo
en su reunión de 26 de febrero de 2004, esta
Subsecretaría ha resuelto:
Adjudicar la concesión de la expendeduría general
de tabaco y timbre sita en el Polígono de
Empuriabrava convocada para su provisión por concurso
público por Resolución de esta Subsecretaría de 3
de abril de 2001 a doña Carmen Padrosa Gorgot,
dirección del local: Sector Sant Maurici E308,
Castelló d'Empúries, Empuriabrava (Girona).
La presente Resolución, que no agota la vía
administrativa, podrá ser recurrida en alzada ante el
Excmo. Sr. Ministro de Economía en el plazo de
un mes, de conformidad con lo establecido en los
artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de
13 de enero.
Madrid, 2 de marzo de 2004.-El Subsecretario
de Economía, Miguel Crespo Rodríguez.-&9.256.
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