El proyecto del canal Segarra-Garrigues fue
declarado de interés general mediante la Ley 42/1994
de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden
Social de 30 de diciembre, incluyéndose asimismo
dentro del Plan Hidrológico de la Cuenca del Ebro
que se aprobó por Real Decreto 1664/1998 de 24
de junio.
Con fecha 27 de septiembre de 1999, se suscribió
el Protocolo General de Colaboración entre el
Ministerio de Medio Ambiente y la Generalidad
de Cataluña para la construcción y explotación del
proyecto de puesta en regadío del Segarra-Garrigues,
en el que se establece entre otros aspectos, que
corresponde a la Administración General del Estado
la aprobación y ejecución, previa Declaración de
Impacto Ambiental, de los proyectos contemplados
en las Obras de Regulación y Transporte, que se
resumen en los siguientes:
Impulsión y conexión de la presa de Rialb al Canal
Segarra-Garrigues.
Canal Segarra-Garrigues.
Presa de L'Albagés.
El 19 de enero de 2000, se suscribió el Convenio
de Gestión Directa de la construcción y/o
explotación de obras hidráulicas entre el Ministerio de
Medio Ambiente y la Sociedad Estatal Canal de
Segarra-Garrigues, S.A., en orden a la ejecución por
gestión directa, a través de dicha sociedad de las
obras hidráulicas de titularidad estatal incluidas en
el Proyecto del Canal Segarra-Garrigues.
El Convenio detalla las formas de actuación de
la Sociedad Estatal y fija, entre otros aspectos, que
corresponde al Ministerio de Medio Ambiente la
aprobación técnica y definitiva de los proyectos,
así como la declaración de impacto ambiental
cuando proceda.
Con fecha 8 de noviembre de 2002, se publicó
en el D.O.G.C. el Edicto del Secretario de la
Ponencia Ambiental del Departamento de Medio
Ambiente de la Generalitat de Cataluña, de fecha 6 de
noviembre, por el que se hacía pública la
"Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de
Regadío y Concentración Parcelaria del
Segarra-Garrigues. Transformación en regadío, obras de
distribución y concentración parcelaria".
Con fecha 3 de abril de 2003, se publicó en el
B.O.E. la Resolución de la Secretaria General de
Medio Ambiente, por el que se formulaba la
"Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto de
Regadío y Concentración Parcelaria del
Segarra-Garrigues. Obras de Regulación y
Transporte".
Asimismo, en cumplimiento de lo establecido en
el Protocolo General de Colaboración entre el
Ministerio de Medio Ambiente y la Generalidad
de Cataluña, ésta encargó, a través de la empresa
pública Regs de Catalunya, S.A. la redacción del
"Proyecto del Canal Segarra-Garrigues. Tramo del
P.K. 5,2 al P.K. 20. Subtramo A" a la empresa
Aguas y Estructuras, S.A.
El Presupuesto Base de Licitación de las obras
relativas a este proyecto asciende a la cantidad de
38.708.031,13 euros incluido el 16% de I.V.A.
1. Objeto del proyecto.
El proyecto comprende el segundo tramo del
Canal Segarra-Garrigues. Este canal tiene su origen
en la Presa de Rialb en el río Segre, y su final,
en la Presa de Albagés en el río Set. El canal de
aproximadamente 84,7 kilómetros de recorrido
completo, constituye la columna vertebral de las
obras que componen el Sistema Segarra-Garrigues,
cuya finalidad es la transformación en regadío de
71.000 Ha en la provincia de Lleida. Este riego
sumado a los actuales permitirá regar prácticamente
todos sus campos calificados como regables,
haciendo uso para ello de sus propios recursos hídricos.
La denominación del proyecto es Canal
Segarra-Garrigues. Tramo del PK 5,2 al PK 20,0.
Subtramo A.
El tramo considerado en este proyecto tiene su
origen tras el sifón del río Llobregós junto a la
población de Ponts, situado en el PK 5 197,56 del
canal, y su final en el PK 12 793,476, a la salida
del túnel de Oliola, resultando una longitud de
7.596 m.
El objeto del Proyecto es definir, valorar, justificar
y fijar las especificaciones de ejecución de las obras
de este segundo tramo del Canal Segarra-Garrigues.
2. Descripción del proyecto.
El Tramo II, Subtramo A del canal
Segarra-Garrigues tiene su inicio en el punto kilométrico 5 197,56,
y discurre a cielo abierto, en su mayor parte a media
ladera hasta el PK 7 664,13 donde se inicia un
falso túnel que conecta con túnel de Oliola, situado
entre los PK 8 185 y 12 655. El tramo finaliza,
de nuevo a cielo abierto, tras la Obra de Regulación
N.o 3, en el PK 12 796,476.
El caudal nominal del canal en este tramo es
de 33 m3/s y no tiene prevista ninguna toma. Las
pendientes proyectadas son de 5 ^ 10-4 m/m en
sección tipo rectangular, 7 ^ 10-4 m/m en sección
tipo túnel y 1,4 ^ 10-4 m/m en sección tipo
trapecial. La cota de la solera en el inicio del mismo
es la 412,561 y en el final del tramo la 407,909.
Trazado a cielo abierto. Sección tipo rectangular.
La sección hidráulica entre los PK 5 197 y 7
664 es rectangular. Consiste en una estructura de
hormigón armado en forma de "U" con
acartelamientos de refuerzo en el arranque de los muros
laterales.
El ancho interior del cajón tanto en coronación
como en su base es de 5,00 m, y la altura de sus
alzados de 4,40 m. La solera tiene 0,50 m de canto
y 6,50 m de ancho, ejecutada sobre una excavación
provisional de 8,00 m en total.
Paralelamente al Canal y a cota de coronación
del cajón se dispone en la margen izquierda una
banqueta de 3,00 m de ancho y en la derecha un
camino de servicio bidireccional con una calzada
de 6,00 m de ancho sin arcenes ni bermas.
En general el trazado discurre a media ladera,
con desmontes en la margen izquierda y terraplén
en la derecha. Se han dispuesto hasta 9 muros de
hormigón armado para evitar derrames en las tierras
de excesiva altura.
Los desmontes tendrán, en general, un talud
3H/2V cuando su altura sea inferior a 3 m y 1H/2V
en los de altura superior, disponiendo bermas
intermedias cada 8 m de altura. El ancho de dicha berma
intermedia será de 4,00 m y su pendiente transversal
del 10% con caída hacia el talud. La explanación
en la base de los desmontes se completa con una
cuneta triangular hormigonada de 1,50 m de ancho
y una pequeña berma de 1,00 m en su exterior.
Los taludes en terraplén se dispondrán, en general,
con una inclinación 2H/1V.
El firme del camino de servicio estará compuesto
por 15 cm de zahorra natural, 20 cm de zahorra
artificial y 5 cm de mezcla bituminosa en caliente
tipo D-12. En la banqueta se dispondrá de 30 cm
de grava cemento y un doble tratamiento superficial.
En las secciones en terraplén se dispondrá de
una barrera de seguridad tipo BMSRA4/100b,
cuando la altura de éstos supere los 3 m.
Túnel y falso túnel de Oliola:
El túnel de Oliola se inicia en el PK 8 185 y
termina en el PK 12 655, resultando una longitud
de 4.470 m. Previamente, en su parte inicial, tiene
un falso túnel de 521 m de recorrido que empieza
en el PK 7 664.
La excavación del túnel se ejecutará mediante
máquina tuneladora, resultando un diámetro
mínimo de excavación de 5,40 m. La sección tipo en
túnel, es circular de 4,80 m de diámetro interior,
con una solera plana de 1,50 m de ancho. El
revestimiento del túnel es de hormigón armado HA-30
(HA-35 en yesos) de 0,20 m de espesor, ejecutado
sobre un sostenimiento de hormigón proyectado
HP-35.
La ejecución del falso túnel inicial, se proyecta
mediante la ejecución de tres secciones tipo
diferentes, en función del material de la excavación
y de la altura del relleno. El procedimiento
constructivo consiste en la excavación del terreno para
su emplazamiento, la ejecución "in situ" del falso
túnel y finalmente, el posterior relleno de la
excavación hasta la completa restauración del terreno
original.
Obras de regulación:
En este subtramo de canal se han proyectado
dos obras de regulación, cuyo emplazamiento se
sitúa en los PK 7 264 y 12 655.
Cada una de estas obras de regulación cuenta,
en su parte central, con un conjunto de dos
compuertas tipo Taintor dotadas de accionamientos
independientes. En los laterales, se disponen unos
aliviaderos internos de by-pass que permiten, con
las compuertas cerradas el paso del caudal nominal
íntegro sin que se produzcan desbordamientos aguas
arriba.
Junto a las obras de regulación se sitúan en su
margen izquierda sendas casetas que albergarán
tanto los cuadros eléctricos como los equipos de
telemando y automatización.
Obras complementarias:
En este subtramo no se han proyectado almenaras,
por lo que para el vaciado del canal se han dispuesto
tres puntos de desagüe, situados en las obras de
regulación y al inicio del falso túnel en el PK 7 637.
En lo relativo al capítulo de estructuras, se
ha contemplado la ejecución de 3 puentes para
pasos de caminos sobre el canal, situados en los
PK 5 490, 6 850 y 12 770.
Finalmente, las obras se completan con una serie
de pequeñas obras adicionales, como son las obras
de drenaje transversal y longitudinal, instalaciones
y equipos eléctricos, acometidas, instalaciones y
equipos de automatización, medida y control,
restitución de caminos y servicios afectados por las
obras, así como las correspondientes medidas
correctoras del impacto ambiental.
El proyecto cuenta con el preceptivo Estudio de
Seguridad y Salud, conforme a lo previsto en el
Real Decreto 1627/1997 de 23 de octubre.
3. Conclusiones.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 86 de la Ley 30/1992 del Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (B.O.E. de 27 de
noviembre, número 285) se somete a Información Pública
el "Proyecto del Canal Segarra-Garrigues. Tramo
del P.K. 5,2 al P.K. 20. Subtramo A", por un plazo
de veinte (20) días contados a partir del día siguiente
de la publicación de esta Nota-Anuncio en el
"Boletín Oficial del Estado" y en el "Boletín Oficial
de la Provincia de Lleida". A efectos del plazo final
vigente, se considerará la Nota-Anuncio publicada
en fecha más avanzada.
A tal fin, la documentación consistente en el
Proyecto estará expuesta al público durante el plazo
indicado en horas hábiles, en las oficinas de la
Confederación Hidrográfica del Ebro, en Zaragoza,
Paseo de Sagasta 24-28 así como en el
Ayuntamiento de Oliola (Lleida), y en las oficinas de la
Sociedad Estatal Canal de Segarra-Garrigues, S.A.
en Tárrega (Lleida).
Todas las entidades y particulares interesados
podrán dirigir a la Confederación Hidrográfica del
Ebro, por escrito, las alegaciones y observaciones
que estimen pertinentes dentro del plazo indicado.
En todo escrito se hará constar el nombre, apellidos,
D.N.I., domicilio, localidad del reclamante o cuando
las reclamaciones se realicen en nombre de una
entidad (Ayuntamiento, Comunidad, Asociación)
deberá acreditarse documentalmente el cargo o
representación de quien encabece.
Zaragoza, 2 de marzo de 2004.-El Director
Técnico de la Confederación Hidrográfica del Ebro.
Fdo. Fermín Molina García.-8.796.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid