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Documento BOE-B-2004-63049

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación del acuerdo de incoación de expediente sancionador a la sociedad Badigo, S. L.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2004, páginas 2300 a 2300 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2004-63049

TEXTO

Por el presente anuncio, de acuerdo con lo

dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y Procedimiento

Administrativo Común, y dado que intentada la notificación

en el último domicilio conocido, ésta no ha podido

ser efectuada, se notifica a la sociedad que el

Presidente del Instituto de Contabilidad y Auditoría

de Cuentas, en el ejercicio de las competencias

atribuidas en el apartado 1 del artículo 221 del Texto

Refundido de la Ley de Sociedades Anónima,

aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de

22 de diciembre, ha dictado, con fecha 17 de febrero

de 2004, Acuerdo de Incoación de expediente

sancionador, por el posible incumplimiento de la

obligación, por parte de la entidad BADIGO SL, de

presentar, en plazo, para su depósito en el Registro

Mercantil las cuentas anuales y documentación

complementaria correspondientes a los ejercicios 2000,

2001 y 2002, establecida en la Sección Décima

del Capítulo VII (artículos 218 a 222) del Texto

Refundido de la Ley de Sociedades Anónimas

aprobado por Real Decreto Legislativo 1564/1989, de

22 de diciembre.

Este hecho puede ser constitutivo de la infracción

administrativa tipificada en el precitado apartado

1 del artículo 221 de dicho texto normativo, el cual

prevé la imposición de una sanción de multa,

graduable según los parámetros y previsiones

específicas contenidas en los apartados 2 y 3 del mismo

artículo.

A los efectos del régimen de recusación

establecido en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, la competencia para la

instrucción de dicho expediente corresponde a funcionarios

de este Instituto, cuyo nombre consta en el acuerdo

de incoación íntegro.

La competencia para la resolución del expediente,

conforme a lo preceptuado en el artículo 127.2 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y

del Procedimiento Administrativo Común, así como

en el citado artículo 221 del Texto Refundido de

la Ley de Sociedades Anónimas, corresponde a esta

Presidencia. Dado que este Acuerdo no se publica

en su integridad, de conformidad con la previsión

del artículo 61 de la Ley 30/1992, se pone de

manifiesto que, durante el plazo de quince días, a contar

desde el siguiente a la publicación de este anuncio

en el Boletín Oficial del Estado, o al último de

exposición en el tablón de edictos del Ayuntamiento

de Pozuelo de Alarcón (Madrid), si éste fuera

posterior, la sociedad podrá acceder en la sede del

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

-sito en la calle Huertas, número 26, Madrid- a

todos los documentos que obren en el expediente,

de los que podrá obtener las copias que estime

convenientes, formular alegaciones y presentar los

documentos e informaciones que estimenpertinentes y,

en su caso, proponer prueba concretando los medios

de que pretendan valerse. Asimismo, en el supuesto

de no presentarse alegaciones, y dado que el presente

Acuerdo contiene un pronunciamiento preciso sobre

la responsabilidad imputada, la iniciación podrá ser

considerada propuesta de resolución, debiendo

entenderse, a tales efectos, por cada uno de los

incumplimientos correspondientes a los tres

ejercicios referidos, propuesta la imposición a la entidad

inculpada de TRES sanciones de multa por importe

de 601,01, 1.202,02 y 1.202,02 euros cada una,

en función de la cifra de capital social de esta entidad

que, según datos obrantes en el Registro Mercantil

de su domicilio, asciende a 3.005,06 euros

resultando una sanción, en su conjunto, por importe

de 3.005,05 euros.

Madrid, 3 de marzo de 2004.-El Secretario

General, Pedro de María Martín.-&8.321.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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