El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
promovido por Manuel Amil Ramos y otros S.C.
contra resolución del Tribunal Regional de Galicia
de 30 de marzo de 2000 recaída en su expediente
número 15/3.435/98 acerca del Impuesto sobre el
Valor Añadido, acuerda declararlo inadmisible.
Lo que notifico reglamentariamente a Vd.
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este Edicto.
Madrid, 9 de febrero de 2004.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi, Vocal Jefe.-6.405.
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