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Documento BOE-B-2004-303043

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «ENAGAS, Sociedad Anónima» la ampliación de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2004, páginas 11166 a 11167 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-303043

TEXTO

Por Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 6 de junio de 2003, (Boletín Oficial del Estado de 24 de junio de 2003) se otorgó a la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de las instalaciones correspondientes a una estación de compresión de gas natural, en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, así como el reconocimiento de su utilidad pública en concreto, a los efectos previstos en el Título V de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. La empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» ha presentado en este Ministerio, solicitud de autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento de utilidad pública para la ampliación de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, en el punto de confluencia de los gasoductos entre Córdoba y Madrid, de los gasoductos entre Sevilla y Córdoba, del gasoducto Córdoba-Badajoz-Frontera portuguesa y del gasoducto Tarifa-Córdoba, junto a actual la posición del gasoducto denominada F-014. La ampliación solicitada de la mencionada estación de compresión tiene como objeto fundamentalmente la instalación de dos nuevos turbocompresores idénticos a los primitivos. La ampliación de la mencionada estación de compresión de gas natural, resulta necesaria con objeto de optimizar la capacidad de transporte de gas natural de los gasoductos que confluyen en ella, siendo precisa para poder hacer frente a los incrementos de la demanda previsible del mercado. La referida solicitud de la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» para la ampliación de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, así como el correspondiente proyecto técnico de las instalaciones, en el que se incluye la relación concreta e individualizada de los bienes y derechos afectados por la ampliación de la mencionada estación de compresión de gas natural y los planos parcelarios, han sido sometidos a información pública, habiendo transcurrido el plazo reglamentariamente establecido sin que se haya recibido ninguna alegación. Una vez concluido el referido trámite de información pública, la Dependencia del Área de Industria y Energía, de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, ha emitido informe sobre el expediente relativo a la construcción de las instalaciones correspondientes a la referida ampliación de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, en sentido favorable a la solicitud de construcción del proyecto de las instalaciones de la ampliación de la citada estación de compresión, formulada por la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima». De acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional undécima, apartado tercero, punto 1, de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, se solicitó a la Comisión Nacional de Energía el informe correspondiente. En el informe emitido por la Comisión Nacional de Energía, se informa favorablemente el otorgamiento a la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» de la autorización administrativa, aprobación del proyecto y reconocimiento de la utilidad pública para la ampliación de la capacidad de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, puesto que entiende que se cumplen las condiciones necesarias que se establecen en el artículo 67 de la Ley 34/1998, y se encuentra incluida en la «Planificación de los sectores de electricidad y gas. Desarrollo de las Redes de Transporte 2002- 2011», aprobada el 13 de septiembre de 2002, por el Consejo de Ministros, entre los proyectos calificados con categoría A, relativos a infraestructuras cuya aprobación no está sujeta a ningún tipo de condicionante. Vistos la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos; la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero; el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural (Boletín Oficial del Estado de 31 de diciembre de 2002); la Orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974, por la que se aprueba el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos, modificado por Ordenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984, 9 de marzo de 1994 y de 29 de mayo de 1998 (Boletines Oficiales del Estado de 6 de diciembre de 1974, de 8 de noviembre de 1983, de 6 de julio de 1984, de 21 de marzo de 1994, y de 11 de junio de 1998, respectivamente); y la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 6 de junio de 2003, por la que se autorizó la construcción de las instalaciones correspondientes a la estación de compresión de gas natural, en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba. Esta Dirección General de Política Energética y Minas, teniendo en cuenta el informe emitido en sentido favorable por la Dependencia del Área Funcional de Industria y Energía, de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba, ha resuelto otorgar a la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» autorización administrativa, aprobación del proyecto de ejecución y reconocimiento de utilidad pública para la ampliación de la estación de compresión de gas natural ubicada en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, prevista en la Addenda I a la estación de compresión de Córdoba, de conformidad con la solicitud efectuada por la citada Sociedad. La presente resolución sobre construcción de las instalaciones referidas se otorga al amparo de lo dispuesto en el Título IV del Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; y con sujeción a las condiciones que figuran a continuación.

Primera.-En todo momento la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» deberá cumplir en relación con la Estación de compresión de gas natural de Villafranca de Córdoba, cuanto se establece en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, así como en las disposiciones y reglamentaciones que la complementen y desarrollen; en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, así como en la normativa técnica y de seguridad de desarrollo de la misma; en la legislación sobre protección del medio ambiente y en relación con el régimen de ordenación del territorio; en el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural; en el Real Decreto 949/2001, de 3 de agosto, por el que se regula el acceso de terceros a las instalaciones gasistas y se establece un sistema económico integrado en el sector de gas natural, y en las disposiciones de aplicación y desarrollo del mismo; y en el Reglamento de Redes y Acometidas de Combustibles Gaseosos y en sus Instrucciones Técnicas Complementarias, aprobados por Orden del Ministerio de Industria de 18 de noviembre de 1974, modificada por Ordenes del Ministerio de Industria y Energía de 26 de octubre de 1983, de 6 de julio de 1984, de 9 de marzo de 1994 y de 29 de mayo de 1998.

Segunda.-Las instalaciones que se autorizan por la presente Resolución habrán de realizarse de acuerdo con el documento técnico « Estación de compresión de Córdoba. Proyecto de Autorización de Instalaciones. Addenda I», presentado por la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» en esta Dirección General y en la Dependencia del Área de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Córdoba. Las principales características básicas de la ampliación de la referida estación de compresión de gas natural, son las que se indican a continuación. La estación de compresión de gas natural se ubicará en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, en el punto de confluencia de los gasoductos entre Córdoba y Madrid, de los gasoductos entre Huelva y Córdoba, del gasoducto Córdoba - Badajoz-Frontera portuguesa y del gasoducto Tarifa-Córdoba, junto a actual la posición del gasoducto denominada F-014. La ampliación solicitada de la mencionada estación de compresión tiene como objeto fundamentalmente la instalación de dos nuevos turbocompresores de gas natural, idénticos a los primitivos, e instalaciones complementarias. La estación de compresión es reversible, de tipo intemperie y completamente automatizada. El funcionamiento de forma local se efectuará desde la sala de control de la estación, mientras que el funcionamiento a distancia se efectuará desde el Centro Principal de Control de la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima». La estación de compresión está diseñada para poder elevar la presión del gas natural que se recibe para su transporte a los puntos de destino, siendo la presión máxima de servicio de 80 bares. Con la instalación de los dos nuevos turbocompresores que se amplían, la configuración de la mencionada estación de compresión quedará integrada por cinco unidades de compresión de gas natural, una de ellas de reserva, de idénticas características, dispuestas de modo que las distintas unidades entren en funcionamiento dependiendo de las necesidades que se produzcan; de conformidad a dichas necesidades, se ha previsto que los cuatro turbocompresores, que pueden actuar simultáneamente, puedan operar según distintas configuraciones serie/paralelo. Cada grupo compresor se instala en una cabina, tanto para su protección contra los agentes atmosféricos, como para la insonorización de la instalación. La estación de compresión está diseñada, en condiciones normales de funcionamiento, para poder elevar la presión del gas natural que se recibe a través de los gasoductos entre Huelva y Córdoba, procedente de la planta terminal de recepción, almacenamiento y regasificación de gas natural licuado, situada en el término municipal de Palos de la Frontera (Huelva), y del gasoducto Tarifa - Córdoba, e impulsarlo, para su transporte a los puntos de destino, a través de los gasoductos entre Córdoba y Madrid y del gasoducto Córdoba - Badajoz - Frontera portuguesa. Tanto las dos nuevas unidades de compresión que se amplían, como las tres anteriores, estarán integradas por un grupo turbocompresor constituido por una turbina de gas de doble eje de 11.521 kW (15.450 HP) de potencia ISO, mediante la que se accionará un compresor centrífugo, de carcasa dividida verticalmente de dos etapas para un caudal de 800.000 m3(n)/h. Como combustible, para las turbinas de accionamiento de los compresores, se emplea el propio gas natural que se obtiene a través de una estación de regulación y medida para el gas combustible, de arranque y de calderas. Se dispondrá de sistema de arranque eléctrico al objeto de reducir el nivel de emisiones. Por consiguiente, la potencia total ISO instalada en la estación de compresión de Villafranca de Córdoba será de 57.605 kW (77.250 HP). El máximo caudal nominal total que se impulsará será de 2.200.000 m3(n)/h. Asimismo la estación dispondrá de elementos auxiliares, anexos y de seguridad (sistema de filtración, sistema de lubricación, sistema de condensado, aerorrefrigeradores, silenciadores, sistema de mando, control y regulación, etc.), así como de equipos y dispositivos de instrumentación y control, sistema de venteos, red de defensa contra incendios e instalaciones de seguridad. El presupuesto total de las instalaciones de la ampliación de la estación de compresión de gas natural de Villafranca de Córdoba, previsto en la documentación técnica presentada, asciende a 8.831.064,64 euros. Tercera.-La empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» constituirá, en el plazo de un mes, una fianza por valor de 176.621,28 euros, importe del dos por ciento del presupuesto de las instalaciones que figura en la documentación técnica presentada, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones, conforme a lo prevenido en el artículo 67.3 de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos. La citada fianza se constituirá en la Caja General de Depósitos a disposición del Director General de Política Energética y Minas, en metálico o en valores del Estado o mediante aval bancario o contrato de seguro de caución con entidad aseguradora autorizada para operar en el ramo de caución. La empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» deberá remitir a la Dirección General de Política Energética y Minas la documentación acreditativa del depósito de dicha fianza dentro del plazo de 30 días a partir de su constitución. Cuarta.-El plazo máximo para la puesta en servicio de las instalaciones que se autorizan será de 20 meses, contados a partir de la fecha de la presente Resolución. El incumplimiento del citado plazo dará lugar a la extinción de esta autorización administrativa, salvo prórroga por causas justificadas. Quinta.-Con la salvedad de lo señalado en las condiciones anteriores, a las instalaciones comprendidas en el ámbito de la ampliación de la capacidad nominal de emisión de gas natural de la estación de compresión de Villafranca de Córdoba, que se autoriza por la presente Resolución, les será de aplicación lo previsto en el condicionado de la Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, de 6 de junio de 2003, por la que se otorgó a la empresa «ENAGAS, Sociedad Anónima» autorización administrativa y aprobación del proyecto para la construcción de las instalaciones correspondientes a una estación de compresión de gas natural, en el término municipal de Villafranca de Córdoba, en la provincia de Córdoba, así como el reconocimiento de su utilidad pública.

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Energía (por delegación Orden ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del Estado número 103, de 28 de abril), en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado.

Madrid, 17 de noviembre de 2004.-El Director General de Política Energética y Minas, Jorge Sanz Oliva.-56.059.

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