Está Vd. en

Documento BOE-B-2004-277062

Acuerdo de la Presidencia del Fondo Español de Garantía Agraria por la que se hace público la notificación a los Administradores de Canalimentaria, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 17 de noviembre de 2004, páginas 10167 a 10167 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-B-2004-277062

TEXTO

El Presidente del FEGA, en relación con el procedimiento de derivación de la responsabilidad subsidiaria seguido contra los administradores de la firma Canalimentaria, S.L. (expediente n.º 3-473/2003), y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Hago saber: 1.º) Que mediante acuerdo del MAPA de fecha 15 de julio de 2004, ha resuelto: Declarar responsables subsidiarios, de forma solidaria a don Sebastián Jiménez Martín con NIF 42495713-Q y a doña María del Carmen García Castellano con NIF 42616060-G, ambos con domicilio en c/ La Naval, 133, 2.º de Las Palmas de Gran Canaria, como administradores de la empresa Canalimentaria, S.L. con NIF B-35308394, de la deuda que se exige a dicha firma como consecuencia de la resolución del FEGA de 18 de mayo de 1999 recaída en el expediente 2-312/96 BIS) de restituciones a la exportación de carne de bovino.

2.º) El principal de la deuda asciende a la cantidad de 491.648,27 euros, más los intereses de demora determinados según lo previsto en el artículo 36 del Texto Refundidio de la Ley General Presupuestaria y que ascienden a 217.106,93 euros. 3.º) El ingreso se realizará en el periodo voluntario de pago establecido en el artículo 20 del Reglamento General de Recaudación. Si este acuerdo se notifica a los interesados en la primera quincena del mes, el plazo de ingreso, sin recargo ni interés alguno, finalizará el día 5 del mes siguiente. Si la notificación tiene lugar en la segunda quincena (16 al último día de cada mes) el plazo de pago, sin recargo ni intereses, finalizará el día 20 del mes siguiente. 4.º) El importe de las cantidades indicadas en el punto segundo de la presente resolución, debe hacerse efectivo mediante transferencia bancaria a la entidad «900 Banco de España, sucursal 0001, Madrid, c/c 20-0200009025 FEGA-FEOGA Garantía Organismo Pagados». 5.º) Contra la presente resolución de derivación de la responsabilidad subsidiaria podrá interponerse Recurso de Reposición potestativo ante este Fondo Español de Garantía Agraria o bien reclamación económico-administrativa ante el Tribunal Económico-Administrativo Central, ambos en el plazo de quince días contados a partir del día siguiente a la notificación de la misma, sin que puedan simultanearse.

Lo que se hace público en sustitución de la notificación directa a los interesados.

Madrid, 22 de octubre de 2004.-El Presidente, Francisco Mombiela Muruzabal.-50.930.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid