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Relación de saldos acreedores incursos en presunción de abandono que, de conformidad con lo previsto en la Ley General Presupuestaria número 11/1977, de 4 de enero, artículo 92.2, se entregarán al Estado si en el plazo máximo de tres meses, y con las formalidades precisas no fueran reclamadas por los interesados o sus causahabientes.
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