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Documento BOE-B-2004-261076

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la instalación de una subestación a 400 kV denominada «Segovia», en el término municipal de mismo nombre, en la provincia de Segovia, y se declara, en concreto, su utilidad pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 29 de octubre de 2004, páginas 9556 a 9557 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Industria, Turismo y Comercio
Referencia:
BOE-B-2004-261076

TEXTO

Visto el expediente incoado en la Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León, a instancia de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», con domicilio en La Moraleja - Alcobendas (Madrid), Paseo del Conde de los Gaitanes, 177, solicitando la autorización administrativa y la declaración, en concreto, de utilidad pública, de la instalación que se cita. Resultando que a los efectos previstos en los artículos 125 y 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, se ha sometido a información pública la petición de «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», no habiéndose presentado alegaciones ni oposición alguna durante el plazo reglamentario. Resultando que fue remitido un ejemplar del proyecto al Ayuntamiento de Segovia, en cuyo término municipal radica la subestación, solicitando informe y condicionados de conformidad con lo dispuesto en los artículos 127,131 y 146 del Real Decreto 1995/2000, así como a los efectos urbanísticos y de ordenación del territorio establecidos en las disposiciones adicionales duodécima segunda y tercera de la Ley13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Resultando que por el Ayuntamiento de Segovia se emiten escritos de fecha 22 de diciembre de 2003 y 23 de febrero de 2004 en los cuales se manifiesta que:

Debe aportarse volante de dirección de obras de técnico visado por el Colegio correspondiente y justificación del cumplimiento de la normativa de protección contra incendios que resulte de aplicación.

Deberá detallarse localización y sistema de cerramiento perimetral de los terrenos objeto de la actuación, especificando las características constructivas y distancia a linderos de propietarios colindantes y al camino existente. Que en aplicación del apartado 2.º de la Instrucción de la Dirección General de Urbanismo y Calidad Ambiental relativa al procedimiento de autorización de usos excepcionales en suelo rústico, regulado en el artículo 25 de la Ley 5/1999, de 8 de Abril, de urbanismo de Castilla y León, deberá aportarse documentación catastral o registral autorizada que permita conocer la superficie exacta de la parcela, plano de la parcela en el que queden reflejadas las características del uso solicitado, en especial de las construcciones e instalaciones proyectadas. Que se deberán cumplir las medidas preventivas y correctoras, incluyendo entre otras la obligatoriedad de realizar un control arqueológico y paleontológico durante las labores de movimientos de tierras, efectuando un seguimiento por parte de técnico competente, bajo supervisión coordinada de la Unidad Técnica del Servicio Territorial de Cultura de Segovia. Resultando que por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima», se contesta a dichos escritos del Ayuntamiento de Segovia manifestando que:

Se aporta certificado de Dirección Facultativa con fecha 16 de enero de 2004.

Se aporta copia de la Resolución de 15 de diciembre de 2003 de la Secretaría General de Medio Ambiente del Ministerio de Medio Ambiente sobre la evaluación de impacto ambiental del citado proyecto, la cual recoge en gran medida lo solicitado por el Ayuntamiento de Segovia. En lo relativo a la protección contra incendios, tanto el proyecto de ejecución como el de construcción de la instalación contienen dentro del estudio de seguridad el apartado de disposiciones de emergencia, donde se recoge todo lo relativo a la detección y lucha contra incendios. Se aporta fotocopia de la escritura de agrupación de las parcelas adquiridas por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» y documentación relativa a la actualización catastral de la citada agrupación efectuada en la Gerencia Territorial de Segovia de la Delegación de Economía y Hacienda de Segovia. Se aporta fotografía aérea donde se puede apreciar con detalle la ubicación de la futura subestación de Segovia, así como documento fotográfico donde se aprecia el entorno del emplazamiento. El proyecto de ejecución y de construcción contienen de manera clara y explicativa todos los datos relativos al cerramiento, drenajes, saneamientos, etc. No obstante se aporta plano correspondiente al detalle del cerramiento. Red Eléctrica cumplirá además de las medidas preventivas y correctoras incluidas en la documentación, las condiciones que se señalan en la Resolución de la Secretaría de Medio Ambiente de fecha 15 de diciembre de 2003, sobre evaluación de impacto ambiental del proyecto de construcción de la subestación eléctrica a 400 KV de Segovia. Resultando que remitido un ejemplar del proyecto a la Dirección General de Vivienda Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Conserjería de Fomento de la Junta de Castilla y León, a fin de que, de conformidad con lo establecido en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas, informe sobre su adaptación al planeamiento urbanístico, por la misma se ha emitido informe favorable, no existiendo pronunciamiento alguno por parte del Ayuntamiento de Segovia, por lo que teniendo en consideración lo dispuesto en la disposición adicional tercera de la Ley 13/2003 se entenderá evacuado en sentido favorable. Resultando que en fecha 15 de diciembre de 2003 la Secretaría General de Medio Ambiente ha dictado Resolución en virtud de la cual se considera que no es necesario someter al procedimiento de evaluación de impacto ambiental el proyecto «Subestación eléctrica a 400 KV de Segovia» promovido por «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima». Visto el informe favorable emitido por el Servicio Territorial de Industria, Comercio y Turismo de la Delegación Territorial de Segovia de la Junta de Castilla y León. Visto el informe emitido por la Comisión Nacional de la Energía aprobado por el Consejo de Administración en su sesión celebrada con fecha 23 de septiembre de 2004. Considerando que se han cumplido los trámites reglamentarios que se establecen en el Capítulo II, del Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en las disposiciones adicionales duodécima, segunda y tercera de la Ley 13/2003, de 23 de mayo, reguladora del contrato de concesión de obras públicas. Esta Dirección General de Política Energética y Minas ha resuelto:

1. Autorizar a «Red Eléctrica de España, Sociedad Anónima» la subestación a 400 KV denominada «Segovia», en el término municipal del mismo nombre, sita entre la carretera C-605 (entre los puntos kilométricos 4 y 5) y la N-110 en las proximidades de la línea Tordesillas-Otero de Herreros, cuyas características principales son: Parque tipo intemperie en configuración de interruptor y medio, previsto para cuatro calles, basada en dos tipos de embarrados, semiflexible con conexiones tendidas y destinados a la interconexión principal, y rígido a base de tubos de aluminio destinados a la conexión del aparellaje entre si y a las barras principales.

Calles y posiciones:

Calle 1; GIF 1- GIF 2.

Calle 2: Línea Galapagar-Futura. Calle 3: Línea Tordesillas-Futura. Calle 4: Futura-Futura.

Aparamenta:

Calle 1: Totalmente equipada con dos seccionadores pantógrafos, tres transformadores de intensidad, tres interruptores, cuatro seccionadores rotativos de tres columnas.

Calle 2: Parcialmente equipada con dos seccionadores pantógrafos, dos transformadores de intensidad, dos interruptores, dos seccionadores rotativos de tres columnas, un seccionador rotativo de tres columnas con puesta a tierra, dos transformadores de tensión capacitivos y dos bobinas de bloqueo. Calle 3: Parcialmente equipada con dos seccionadores pantógrafos, dos transformadores de intensidad, dos interruptores, dos seccionadores rotativos de tres columnas, un. seccionador rotativo de tres columnas con puesta a tierra, dos transformadores de tensión capacitivos y dos bobinas de bloqueo. Barras 1: Un transformador de tensión capacitivo. Barras 2: Un transformador de tensión capacitivo. Aisladores de apoyo. Conductores:

Embarrados bajos: Cable dúplex de aluminio-acero o tubo de aluminio de 150 milímetros de diámetro.

Embarrados altos: Barras principales de tubo rígido de aluminio de 250 milímetros de diámetro. Tendidos altos: Cable Lapwing dúplex. Redes de tierra: Se instalarán las correspondientes redes de tierra superiores e inferiores.

Estructuras metálicas: Las estructuras metálicas y soportes de la aparamenta se construirán con perfiles de acero normalizados de alma llena. Par el anclaje se dispondrán cimentaciones de hormigón.

Servicios auxiliares: Instalación de sistemas de alimentación en corriente continua y corriente alterna para los servicios auxiliares de la subestación. Obra civil: Explanación de la plataforma de la subestación, drenajes y saneamientos, cimentaciones, canales de cables y viales, así como el acceso a la subestación. Construcción de un edificio de control y casetas de relés. Instalación de sistemas de control, protecciones y comunicaciones. Instalación de alumbrado, fuerza, antiintrusismo y contra incendios. Cerramiento de toda la subestación con valla de acero galvanizado de 2 metros de altura, con postes metálicos embebidos sobre un murete de hormigón de 0,5 metros de altura. Las posiciones de interruptor de la Calle 1 correspondientes a las barras 1 y 2 quedan excluidas de los efectos económicos del Real Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte y distribución, excepto de los de operación y mantenimiento.

La finalidad de la subestación es, en un principio, atender la alimentación eléctrica al tren de alta velocidad Madrid-Segovia-Valladolid en las cercanías de Segovia, posibilitando la evaluación eólica en la zona y mejorando el nivel de seguridad y operatividad para el conjunto del sistema eléctrico, y en un futuro, posibilitará la conexión de las redes de distribución de energía eléctrica para el suministro a la ciudad de Segovia y sus zonas de influencia.

2. Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, a los efectos previstos en el título IX de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la cual lleva implícita la Declaración de Urgente Ocupación a efectos de Expropiación Forzosa.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante el Ilustrísimo Señor Secretario General de Energía (por delegación Orden ITC/1102/2004, de 27 de abril, Boletín Oficial del Estado número 103 de 28 de abril) en el plazo de un mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado. Madrid, 14 de octubre de 2004.-El Director General, Jorge Sanz Oliva.-48.141.

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