Desconociéndose el actual domicilio de doña
Carmen Latasa Multiva, por no hallársele en el de la
calle Comandante Benítez, 6, 3.o izquierda, de
Madrid, se le hace saber por el Director General
Gerente del Instituto para la Vivienda de las Fuerzas
Armadas, y en el expediente incoado para el ejercicio
del desahucio de la vivienda de la que es titular,
que se ha formulado con fecha 9 de octubre de
2003, requerimiento de pago, al ser la causa de
resolución de contrato de vivienda militar
contemplado en la letra a) ("La falta de pago del canon
arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo abono
haya asumido o sean repercutibles al usuario,
correspondientes a tres mensualidades") del artículo 10,
párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9 de julio, de
Medidas de Apoyo a la Movilidad Geográfica de
los Miembros de las Fuerzas Armadas, modificada
por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social;
posteriormente por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre
de 2002, de Medidas Fiscales, Administrativas y
del Orden Social, y finalmente por la Ley 31 de
diciembre de 2003, de Medidas Fiscales,
Administrativas y del Orden Social.
En consecuencia, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999, de 9 de
julio, le requiero a fin de que proceda al desalojo
voluntario en el plazo de un mes a partir de la
publicación del presente edicto, bajo apercibimiento,
en caso de incumplimiento, de que se instruirá el
procedimiento previsto en el artículo 10.4 a fin de
obtener su efectividad.
Madrid, 19 de enero de 2004.-El Instructor, José
Luis Casas Aybar.-2.399.
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