Por parte del Servicio de Conservación y
Explotación de la Demarcación de Carreteras del Estado
en Asturias, se ha incoado un expediente de
resarcimiento de daños a la carretera o a sus elementos
funcionales o complementarios, de conformidad con
el artículo 117 del Reglamento General de
Carreteras, aprobado por Real Decreto 1812/1996, de
2 de septiembre ("Boletín Oficial del Estado" del
23) y, no habiendo podido ser practicada
directamente la notificación de la liquidación definitiva
de los referidos daños, es preciso acudir al
procedimiento regulado en el artículo 59.4 de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial
del Estado" del 27), según la redacción dada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero ("Boletín Oficial
del Estado" del 14), que la modifica, y con el
contenido expresado en el artículo 61 del mismo cuerpo
legal, por entender esta Demarcación de Carreteras
que la publicación íntegra de la propuesta de
liquidación podría lesionar derechos o intereses legítimos
de los causantes.
Nombre y apellidos: Jesús Luis Prieto Fernández,
número de expediente 65/04-D. La resolución de
la liquidación es firme en vía administrativa, y contra
ella cabrá interponer ante este Servicio un recurso
potestativo de reposición en el plazo de un mes,
contado a partir de la presente publicación, o
directamente recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de
Justicia de Asturias, igualmente contados a partir
de la presente publicación, sin que pueda
interponerse este segundo recurso hasta que sea resuelto
expresamente o se haya producido la desestimación
presunta del primero (artículos 116 y 117 de la
Ley 30/1992, en la redacción dada por la
Ley 4/1999). El expediente está a disposición de
los interesados en la Demarcación de Carreteras
del Estado en Asturias, Plaza de España, 3, primero,
en Oviedo.
Oviedo, 1 de septiembre de 2004.-El Jefe de la
Demarcación de Carreteras del Estado en Asturias,
Ignacio García-Arango
Cienfuegos-Jovellanos.-43.109.
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