El régimen jurídico de la constitución de garantías
o trabas sobre valores de Deuda Pública anotados
en cuenta prevé que, para el supuesto de
amortización de tales valores, el efectivo remanente haya
de quedar inmovilizado. Sin embargo, la Sociedad
de Gestión de los Sistemas responsable de las
funciones de registro, compensación y liquidación de
la Deuda Pública no puede asumir la gestión de
dicho efectivo inmovilizado. Por ello es preciso dar
certeza jurídica y previsibilidad al régimen jurídico
aplicable a estos supuestos, determinando el destino
que ha de darse a tales garantías en estos supuestos.
Para ello es necesario introducir modificaciones del
régimen vigente mediante un proyecto de Orden
Ministerial, cuyo objeto es modificar las dos Órdenes
a las que se hace mención en el título de la presente
Resolución.
Habida cuenta que estas modificaciones pueden
afectar a una pluralidad indeterminada de sujetos
(cualquiera que, según la legislación sectorial, deba
constituir una garantía ante la Caja General de
Depósitos y lo haga sobre valores de la Deuda
Pública), la naturaleza de este proyecto hace aconsejable
que, además del trámite de audiencia pública, el
proyecto sea sometido a información pública, de
acuerdo con lo dispuesto en el artículo 24.1.c de
la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, de
organización, competencia y funcionamiento del Gobierno.
Por tanto, en virtud de lo anterior, se dispone
lo siguiente:
Apartado único.-Se somete a información pública
el proyecto de Orden Ministerial por la que se
modifica la Orden Ministerial de 19 de mayo de 1987,
que desarrolla el Real Decreto 505/1987, de 3 de
abril, por el que se dispuso la creación de un sistema
de anotaciones en cuenta y la Orden de 7 de enero
de 2000, que desarrolla el Real Decreto 161/1997,
de 7 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento
de la Caja General de Depósitos. Cualquier persona
podrá consultar el texto de este proyecto en la
Dirección General del Tesoro y Política Financiera (Paseo
del Prado, 6, Madrid) o en el apartado "información
pública" que se encuentra en la dirección de Internet
www.mineco.es/tesoro/legislacion/indexplegislac.htm
y formular por escrito las observaciones que estime
oportunas, dentro del plazo de veinte días a partir
de la publicación de la presente Resolución.
Madrid, 10 de septiembre de 2004.-La Directora
General, Belén Romana García.-43.092.
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